La Vanguardia

El test de alcoholemi­a en comisaría solo podrá hacerse si el conductor se aviene

El TC anula una condena a una mujer que sopló bajo amenaza de desobedien­cia

- Javier Ricou Lleida

Cuando apareciero­n los primeros controles de alcoholemi­a en las carreteras surgió enseguida un debate jurídico. ¿Soplar en esos aparatos no era lo mismo que declarar contra uno mismo? ¿Eso es constituci­onal? Tras las dudas iniciales, posteriore­s sentencias dejaron claro que esos controles son plenamente legales y que todos los conductore­s están obligados a someterse a ellos, pues lo que aquí se quiere proteger es un bien tutelado, como es el de la seguridad vial. Y los que se niegan o soplar o ceder una muestra de su saliva son denunciado­s por un delito de desobedien­cia.

Casi tres décadas después de ese debate –que hoy se da prácticame­nte por resuelto–, el Tribunal Constituci­onal acaba de abrir otro frente, hasta ahora inexplorad­o, en el universo de las alcoholemi­as. Y con una escena que se repite en vías urbanas y carreteras, como es la de trasladar a una conductora o conductor a la comisaría más cercana para someterle a una prueba de alcoholemi­a o drogas porque no hay cerca ninguna patrulla para realizar esos tests a pie de asfalto. Siempre con la amenaza de abrir una causa por desobedien­cia si hay negativa a esas pruebas.

El Tribunal Constituci­onal acaba de abrir una brecha por la que podrían colarse muchos conductore­s que han vivido esa experienci­a y han acabado condenados. El Alto Tribunal anula la condena a una conductora que fue “invitada” bajo amenaza de acusarla de desobedien­cia a trasladars­e a una comisaría cercana para practicarl­e un test de alcoholemi­a. Razón no les faltaba a los agentes para actuar, pues la prueba arrojó un nivel del alcohol que multiplica­ba por cuatro la tasa máxima permitida.

Pero el TC no valora aquí el grado de embriaguez. Lo que cuestiona es si esa conductora se desplazó “libre” hasta esa comisaría o si, por el contrario, lo hizo “presionada” por la amenaza de denuncia por desobedien­cia de los agentes. La sentencia da por probada la segunda posibilida­d. Entienden los magistrado­s que esa conductora, intercepta­da en una calle de Madrid, “no fue libremente a esa comisaría”. Es más, el fallo recalca que los propios policías admitieron que la mujer “se negó varias veces” al traslado, y que si al final accedió a ir a esas dependenci­as fue, según avanza el Diario.es, por la reiterativ­a “persuasión” de los agentes, que no aflojaron hasta que la conductora aceptó esa “invitación”.

La sentencia es clara: a partir de ahora no puede trasladars­e a ningún conductor a dependenci­as policiales para un test de alcohol y drogas si este no manifiesta de forma muy clara que lo hace de forma libre y voluntaria. Tampoco vale amenazar o presionar con que la negativa a ese traslado conlleva cometer un delito de desobedien­cia. Si hay presión, no hay libertad, sentencia el TC.

Otra cosa, precisan fuentes judiciales, es si la negativa a esas pruebas se manifiesta a pie de asfalto ante una patrulla con los dispositiv­os para realizar el test. En estos casos, el Tribunal Supremo ha dejado ya claro que si hay síntomas evidentes de embriaguez o drogadicci­ón y hay negativa, el castigo aunque no se practique la prueba puede ser doble: por conducir bajos los efectos de sustancias y por desobedien­cia. ●

El TC abre una gran brecha por la que se podrían colar otros conductore­s que han pasado por ese trance

 ?? Mcné Espinosc / Crchivo ?? Control de alcoholemi­a de los Mossos d’esquadra en una carretera de Catalunya
Mcné Espinosc / Crchivo Control de alcoholemi­a de los Mossos d’esquadra en una carretera de Catalunya

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