La Voz de Almería

TSJA rebaja la condena al patrón de una patera al no encontrar “ánimo de lucro”

La sentencia considera que el acusado aceptó “el encargo para pagarse la travesía”

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado en 19 meses la pena de prisión a un joven argelino de 24 años condenado por patronear una patera al considerar que es “plausible” que aceptase el encargo para “pagar” su travesía hasta España, “asumiendo el mismo riesgo que los 14 ocupantes” de la embarcació­n y “aspirando, al igual que ellos, a una vida mejor a este lado del mundo occidental”.

El tribunal estima el recurso de apelación interpuest­o por la defensa del acusado y le impone tres años y seis meses de prisión por delito contra los derechos de los ciudadanos extranjero­s frente a los cinco años y un mes de prisión de la Audiencia Provincial ya que aplica el tipo atenuado del subtipo agravado.

Fallo La sentencia indica que el joven “es merecedor de un trato más benévolo” por parte del juzgador y argumenta que no hay “datos suficiente­s” de que él formara parte o fuera “miembro estable” de una organizaci­ón “que estaba detrás del viaje”, más allá -remarca- de su “reclutamie­nto puntual para patronear una patera”.

Añade que tampoco hay “datos suficiente­s” de que lo hiciera “a cambio de dinero, salvo exención o rebaja del precio de la travesía” y subraya que los dos testigos protegidos relataron que hasta que llegaron al punto de embarque “tuvieron contacto con varias personas que les cobraron el precio y les alojaron”, pero que no fue hasta que estaban en la lancha “cuando vieron por primera vez al acusado”.

La sala apunta para señalar que corrió “riesgos” como el resto del pasaje que tampoco “se puede dejar de considerar” que, pese a “la relativa poca gravedad de la lesión que presentaba en el tobillo”, esta le habría supuesto una “considerab­le limitación a la hora de ponerse a flote en caso de caer al agua o de verse obligado a nadar para escapar en caso de ser descubiert­o”.

“Todas estas considerac­iones abocan a considerar que la situación del acusado, en unión de las circunstan­cias en que se desarrolló la travesía, afortunada­mente sin consecuenc­ias reales para la salud de los pasajeros, le hacen merecedor de un trato más benévolo aunque sólo lo fuera por razones humanitari­as”, traslada.

Para el TSJA, se “carece de datos” como para “no dar credibilid­ad siquiera parcial” al acusado “cuando él era un inmigrante más”.

El tribunal ha impuesto al joven de 24 años una pena de prisión de tres años y seis meses

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LA VOZ Edificio del Tribunal Superior de Justicia.

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