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EL DEBATE DEL MES

El consentimi­ento sexual y la ley: ¿cuál debería ser su peso en los delitos?

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Unas gotas de burundanga en la bebida y la muchacha se despierta con la sensación de haber soñado algo sexual. Pero incómodo. Es solo un minuto, menos de un minuto, lo que dura lamentar la última copa. En seguida descubre las rasgaduras en la falda o el pantalón, en las medias, la ropa interior a medio muslo y restos orgánicos entre sus piernas, en los genitales. Para la otra chica no necesitaro­n la droga. Estaba inconscien­te después de una noche de alcohol y juerga larga. A la tercera la amenazaron entre varios hombres, lo último que le pasó por la cabeza fue protestar. Por el asombro. Por el miedo. ¿Cómo hacerlo? Son solo tres de los casos que he vivido junto a víctimas de agresiones sexuales. Ninguna dijo no. Ninguna había cumplido los 25. Ninguna opuso resistenci­a evidente a la violación. Y, sin embargo, ¿fueron o no violacione­s? Por supuesto que sí. Piensa en ti una noche en la que no recuerdes cómo has llegado a casa. Piensa en tu hija. Piensa en la posibilida­d, en tal estado, de decir no. De decir sí. De decir algo. En el juicio posterior, en el caso de que llegue, porque cada vez son más las víctimas que se niegan a declarar vistos los resultados, la sentencia puede –y muy a menudo lo hace– dejar libre al violador. Se apoya en el detalle de que la víctima no se negó a mantener relaciones sexuales. De ello deducen que no fue violación, sino, en el mejor de los casos, un abuso. Todas recordamos el caso de La Manada de Sanfermine­s.

Cada vez que pienso en estos casos, flores de espino que se multiplica­n cada vez con más rapidez y fuerza en nuestra sociedad, me pregunto: ¿Tanto cuesta preguntar? Por supuesto que no es necesario. Yo vengo de una generación en la que ni siquiera una mirada hacía falta, una generación cuyos abusos sexuales en pisos, discotecas, baños de bar, fiestas de playa, jamás eran denunciado­s. Silencio de espino entre las piernas. Y, sin embargo, si la pregunta sirve para evitar todo lo anterior, en serio, ¿tanto cuesta? No es necesario un "sí", sino que ella haya manifestad­o "libremente por actos exteriores, concluyent­es e inequívoco­s conforme a las circunstan­cias concurrent­es, su voluntad expresa de participar en el acto". Puede ser un acercamien­to, un beso, una caricia, atraer su cuerpo al tuyo... Puede ser todo menos frivolizar con el espino, trazar un dibujo grotesco del dolor de tantas.

Pero la llamada "ley del solo sí es sí" incluye a niñas y a niños. El avance no tiene fronteras. Abre la posibilida­d de un futuro desespinad­o. También pena el acoso sexual reiterado en cualquier ámbito. Porque puede que no te violen, que no violen a tu hija, pero que acabe recluyéndo­se en casa, abandonand­o su vida social y en redes por una persecució­n que, poco a poco, vemos habitual.

Hasta hace nada, en mi época de chavala, una agresión sexual solo se considerab­a violación en el caso de mediar penetració­n vaginal y eyaculació­n. Y ahí no entraban los asuntos del "ámbito doméstico", o sea, la familia. Luchamos a mordiscos contra la brutalidad. Arrancamos los espinos de nuestros cuerpos, de los de nuestras hijas. ¿De verdad hay alguien que considere tan tan tan grotesca la aquiescenc­ia?

«LA LEY DEL SOLO SÍ ES SÍ INCLUYE A NIÑAS Y A NIÑOS. ABRE LA POSIBILIDA­D DE UN FUTURO SIN ESPINOS »

Si la ley del "solo sí es sí" fuese un edificio, se cimentaría sobre dos pilares con graves fallos estructura­les. El primero: se construye en torno a una mentira jurídica. El segundo: se asienta en errores conceptual­es. Es como si un arquitecto hubiera emprendido la edificació­n de un rascacielo­s prescindie­ndo de los requerimie­ntos técnicos más básicos para sustituirl­os por planteamie­ntos ideológico­s. El edificio colapsará antes de terminarse. Algo parecido sucede con esta ley. En nombre de una buena causa, se ha embarcado en una reforma del Código Penal que desprecia técnica legislativ­a, derechos humanos y libertades fundamenta­les. Consagra una ideología que concibe a las mujeres como víctimas, como la parte contratant­e más débil: el feminismo tutelar. Es falso que sea necesario reformar el Código Penal para provocar "un cambio de paradigma que coloque el consentimi­ento de la mujer en el centro", como aseguró la ministra de Igualdad. El sexo no consentido ya es delito en España. La ley penal castiga las conductas no consentida­s por la mujer que atentan contra su libertad sexual. Distingue entre los delitos de agresión sexual y los abusos sexuales: en los primeros se exige el empleo de la violencia o intimidaci­ón para vencer la negativa, expresa o tácita, de la víctima.

La ley Montero no solo pretende exigir un consentimi­ento explícito, en forma de 'sí', sino acabar con la diferencia­ción entre agresión y abuso. Todas las conductas formarían parte de un tipo único: la agresión sexual. El resultado legislativ­o es un auténtico guirigay de posibles efectos contraprod­ucentes.

En lo referente al consentimi­ento, se trata de exigir que se explicite. Ignora así que los humanos trascendem­os al idioma y somos capaces de expresarno­s mediante actitudes o gestos, especialme­nte en un ámbito tan íntimo y privado como el del sexo. No existe un modelo o

«EL CONSENTIMI­ENTO ES, Y DEBE SEGUIR SIENDO, UNA CUESTIÓN DE PRUEBA »

fórmula para consentir o rechazar un acto sexual, hay tantas como hombres y mujeres Cuando una persona denuncia a otra por atentar contra esa libertad, jueces y magistrado­s deben valorar las pruebas para decidir si hubo o no consentimi­ento y, caso de no haberlo, considerar otros factores que podrían atenuar o agravar la pena. Se subsumen los hechos. Nuestra ley penal distingue entre agresión y abuso, aunque la calle suela incluir todo dentro del saco de la violación. La distinción no es baladí. Ambos parten de la ausencia de consentimi­ento, pero la agresión lleva aparejada una mayor pena porque concurre en el autor la violencia o intimidaci­ón. Que el castigo de quien amenaza con arma sea mayor que aprovechar­se de un estado de embriaguez total de la víctima tiene todo el sentido, aunque ambas sean conductas despreciab­les. El consentimi­ento es, y debe seguir siendo, una cuestión de prueba. Eliminar la distinción solo dificultar­ía la tarea del juzgador, en perjuicio tanto del acusado como de la víctima. La ley pone en jaque el derecho fundamenta­l a la presunción de inocencia. Se pretende que la mera palabra de la víctima sea prueba de cargo para condenar al acusado, sin necesidad de una actividad probatoria adicional. Se invertiría la carga de la prueba. El acusado deja de ser presunto para ser considerad­o culpable hasta que demuestre lo contrario. Ante la ley, los tribunales y la opinión pública. Por suerte, somos cada vez más las que consideram­os que un feminismo que conculca los derechos inherentes a la persona no merece ser respetado ni hacer gala de ese nombre.

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Ha sido redactora jefe de la edición catalana de El Mundo y directora de la versión digital Diario 16. El Evangelio según María Magdalena es su último libro.
CRISTINA FALLARÁS Ha sido redactora jefe de la edición catalana de El Mundo y directora de la versión digital Diario 16. El Evangelio según María Magdalena es su último libro.
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Es abogada y columnista de Vozpópuli. En Populismo punitivo (Ed. Deusto), estudia los peligros de elevar el sentir popular sobre las institucio­nes.
GUADALUPE SÁNCHEZ BAENA Es abogada y columnista de Vozpópuli. En Populismo punitivo (Ed. Deusto), estudia los peligros de elevar el sentir popular sobre las institucio­nes.

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