Las anomalías del caso Rosell
La instrucción de la jueza Lamela presenta varios capítulos inexplicables, desproporcionados y surrealistas
La ‘operación Rimet’ estaba bajo secreto de sumario. Solo tenían información la jueza de la Audiencia Nacional que instruía el caso, Carmen Lamela, el fiscal y la policía. Resulta curioso que el 23 de mayo del 2017 la prensa fuese avisada para que acudiera al domicilio particular de Sandro Rosell y retransmitiera en directo su detención por agentes de la Guardia Civil y la Policía Nacional. Da la sensación que siempre investigaron este asunto desde la presunción de culpabilidad sin comprobar ni contrastar los hallazgos sospechosos que les servían para mantener un relato de incriminación que parecía preestablecido.
Todo empieza cuando en el marco del FIFAGATE, que investiga una trama de sobornos a altos cargos de la FIFA en la venta de los derechos de televisión y marketing, EE.UU. solicita a la justicia española que entre y registre la sede de Mediapro en Barcelona y Madrid para incautar documentación, que investigue y bloquee si encuentra cuentas bancarias a nombre de dos excargos de la FIFA, Julio Rocha y Rafael Esquibel, expresidentes de la Federación ecuatoriana y venezolana, respectivamente, y solicita además información bancaria sobre si Sandro Rosell ha recibido dinero en una cuenta española procedente de una hipotética cuenta americana suya. Llama la atención que la jueza del juzgado Central de Instrucción número 3, Carmen Lamela, no tomase declaración ni procesara a ninguno de los investigados por EE.UU. y decidiera centrarse solo en detener e imputar a Sandro Rosell a pesar de que sus abogados han demostrado que nunca tuvo una cuenta en EE.UU. En cambio, en noviembre de 2016 los dos exaltos cargos de la FIFA se declararon culpables por corrupción ante la justicia estadounidense al admitir haber aceptado sobornos. Por su parte, Mediapro anunció en un comunicado emitido el 10 de junio de 2018 que su matriz, Grupo Imagina, admitía haber sobornado a ejecutivos de la FIFA por lo que aceptó pagar una multa de casi 20 millones de euros.
En todo momento, la actuación de la jueza Lamela ha sido desproporcionada. Mantuvo en prisión preventiva durante 644 días a Sandro Rosell y a su socio andorrano, Joan Besolí, siendo la cárcel provisional más duradera de la historia penal de España por un presunto delito económico. Nunca atendió ninguna de las 12 peticiones de excarcelación de sus abogados a pesar de haber ofrecido todo tipo de garantías y cuantiosas fianzas para desmontar el riesgo de fuga. Esta magistrada también denegó un permiso penitenciario a Besolí para ir a ver a su hijo al hospital tras sufrir un fatídico accidente en la hípica en la que trabajaba y que le dejó en una silla de ruedas. Solo pedía un gesto humano que la jueza no concedió.
En cambio, la magistrada que está juzgando el asunto, la jueza de la sección 1ª de la Audiencia Nacional, Concepción Espejel, les ha dejado en libertad sin ningún tipo de fianza tras declarar ante la sala. La jueza de instrucción, Carmen Lamela, embargó todo el patrimonio y las cuentas bancarias de Rosell y no permitió desbloquear ni una pequeña cantidad para pagar la declaración de la renta y el resto de los impuestos tributarios que generaban recargos. Sus abogados tuvieron que presentar un recurso ante la sala 3ª de la Audiencia Nacional que sí aceptó que pudiera disponer de ese dinero para seguir cumpliendo con Hacienda.
Uno de los capítulos más surrealistas lo sufrió Josep Colomer, colaborador de Rosell en la Academia Aspire de Qatar, a quién la fiscalía también acusa de blanqueo de capitales y organización criminal por haber recibido supuestamente 350.000 euros en una cuenta andorrana a pesar de que los bancos de ese país han certificado que nunca ha tenido una cuenta allí. Colomer y sus abogados, al ver que formaba parte de la investigación y de que no tenía nada que esconder, informaron a la jueza instructora, Carmen Lamela, que el 14 de junio de 2017 volaría voluntariamente desde Dakar a Madrid para presentarse en el juzgado y dar todo tipo de explicaciones. Al aterrizar en Barajas cuatro guardia civiles entraron armados al avión, le esposaron y le detuvieron como si fuera un capo de la mafia. Al parecer hubo un error en la orden de detención que le atribuía ser responsable de una organización terrorista. Ese mismo día, Colomer declaró ante la jueza Lamela que lo dejó en libertad. Sigue clamando su inocencia pero nadie le compensará la pena de ver morir a su padre siendo su hijo acusado de dos delitos.
Durante la investigación a Rosell la policía detectaba una transferencia suya a Teixeira y ya daba por hecho que era una “mordida”. Si a Rosell le hubieran concedido la posibilidad de explicarse hubieran visto que esa transacción era la devolución de un préstamo escriturado y con intereses concedido anteriormente por Texeira, como demostraron en el juicio sus abogados. El policía escribió en su informe que no coincidía la cantidad devuelta y que era la prueba de una comisión ilegal. Ese mismo policía ha admitido luego en juicio que cometió el error de aplicar el cambio de euros a reales vigente en 2017, año de la investigación, en lugar del tipo de cambio del 2012, que fue cuando se produjo la transacción.
En el juicio, la fiscalía no ha aportado ni una sola prueba inculpatoria. Incluso los testigos propuestos por la parte acusadora como Dirk Holstein, director de ISE, empresa que compró los derechos de los amistosos de la selección brasileña con el asesoramiento de Rosell ,ha declarado que el trabajo del expresidente del Barça fue “continuo, profesional y muy satisfactorio”. Y de otra parte, la Confederación Brasileña ha certificado que no se siente perjudicada porque triplicó sus ingresos gracias al trabajo de Rosell.
Por ello, el Fiscal ha terminado por rebajar a la mitad su petición de penas. Un gesto que suena a oferta de pacto a la desesperada que, evidentemente, ni Rosell ni el resto de acusados, convencidos de su inocencia y absolución, no se plantea. ¿Cómo se puede acusar a alguien de pagar comisiones ilegales con transferencias sin haber aportado un solo extracto bancario que lo acredite? Eso es lo que ha sucedido en el juicio. La acusación se basa en unos “excels creados por la policía andorrana” pero sin soporte documental. Especialmente relevante en el juicio fue la declaración del prestigioso catedrático de Derecho penal Gonzalo Quintero, de quién el propio fiscal, José Javier Polo dijo que “no puedo evitar expresar mi admiración por usted al que he leído y estudiado, seguramente con muy poco éxito”. El eminente catedrático declaró que “analizada la naturaleza delictiva de los hechos, no existen ninguno de los delitos por los que la fiscalía pretende acusar y condenar a los procesados”.
Si los delitos no pueden demostrarse, solo cabe la absolución. Hay quien piensa que la magistrada que está juzgando el asunto, Concepción Espejel, se verá obligada a condenarles porque de no hacerlo evidenciaría la injusticia de los dos años de prisión preventiva decretados por Lamela, pero aquí no se trata de cubrirse entre juezas sino de resolver con imparcialidad y neutralidad.
Tapar una injusticia con otra sería una injusticia doble. Lo más casual de todo es que Lamela, la jueza que ha tenido dos años en prisión preventiva al expresidente del FC Barcelona y ha decretado un año de cárcel provisional antes de ser juzgados a los ocho políticos catalanes ya Jordi Cuixart y Jordi Sánchez, ha sido promocionada ascendiéndola de un juzgado de instrucción de la Audiencia Nacional al Tribunal Supremo
Pasó 644 días en prisión provisional antes del juicio y tras declarar salió libre sin fianza
No contrastaron pruebas erróneas y hasta hubo fallos al cambiar euros a reales