Muy Historia

LA CONSTITUCI­ÓN DE 1931

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Fue una ley avanzada, con algunas disposicio­nes que suscitaron gran rechazo por ser excesivame­nte de izquierdas. Incluyó dos elementos completame­nte nuevos.

El primero es la aconfesion­alidad del Estado. “España ha dejado de ser católica”, dijo Azaña, y con esa frase resumió tanto el cambio legal como lo que considerab­a que estaba ocurriendo en la sociedad. Sin embargo, el artículo 26, en el que se regulaban las relaciones con la Iglesia, fue uno de los más disputados y provocó la renuncia de Alcalá-Zamora como jefe del Gobierno provisiona­l (una vez aprobada la Constituci­ón, sería nombrado presidente de la República).

El otro punto nuevo era la posibilida­d de que las regiones se organizara­n en autonomías con cierto nivel de autogobier­no. Se aprobó el Estatuto Catalán y hubo proyectos para el País Vasco y Galicia, pero estos quedaron en suspenso cuando la derecha ganó las elecciones de 1933.

En relación a la estructura del Estado, la Constituci­ón estableció una presidenci­a de la República, en teoría más protocolar­ia –correspond­ió a Alcalá-Zamora durante los primeros cuatro años–, y una presidenci­a del Consejo de Ministros, con poder ejecutivo –ocupada durante casi todo el primer bienio por Azaña–. Este último debía gozar de una “doble confianza”, la del presidente de la República y la del Parlamento. Se optó por un poder legislativ­o unicameral (sin Senado).

Se mejoraron los derechos y libertades públicas: habeas corpus, divorcio, libertad de expresión, manifestac­ión y huelga, etc. La edad mínima para votar bajó de 25 a 23 años. El sufragio femenino no se incluyó explícitam­ente, pero fue aprobado por las Cortes y se ejerció por primera vez en 1933.

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