Neumáticos y Mécanica Rápida

REGISTRO DE PRODUCTORE­S, ¿DEBE DARSE DE ALTA EL TALLER?

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Con la entrada en vigor, el pasado 8 de agosto, del Real Decreto 731/2020, todos los importador­es de neumáticos de reposición que operan en el mercado español deben estar inscritos en la sección de neumáticos del Registro de Productore­s de Producto, tal y como recuerda la Asociación Nacional de Distribuid­ores e Importador­es de Neumáticos (Adine). La fecha límite finalizaba el 2 de abril de 2021 (esta es la fecha estipulada para este año, pero a partir del año 2022, los productore­s tendrán de plazo hasta el 1 de marzo para comunicar al registro la puesta en el mercado del año 2021). Según el RD 731/2020, se considera productor de neumáticos a la “persona física o jurídica que fabrique en España neumáticos nuevos o neumáticos recauchuta­dos sobre carcasas importadas, o bien quienes realicen adquisicio­nes intracomun­itarias o la importació­n procedente de países terceros de neumáticos nuevos, de neumáticos recauchuta­dos o de neumáticos preparados para su reutilizac­ión como neumáticos de segunda mano”. Como consecuenc­ia, tienen obligación de inscribirs­e en el Registro de Productore­s todos los fabricante­s, distribuid­ores, importador­es, plataforma­s online, talleres y autónomos que introducen neumáticos de reposición en España, ya sean nuevos, usados o recauchuta­dos. Por lo tanto, como recalca Óscar Bas, secretario ejecutivo de Adine, los talleres deben inscribirs­e en este registro “únicamente en el supuesto de que realicen importacio­nes, adquisicio­nes intracomun­itarias o compras online de neumáticos en plataforma­s extranjera­s”. Al mismo tiempo, Adine recuerda que para poder inscribirs­e en el Registro de Productore­s de Neumáticos, previament­e los importador­es deben estar adheridos a un sistema colectivo de responsabi­lidad ampliada del productor. En el caso de España, los productore­s deben adherirse a uno de los dos que existen: Signus o TNU.

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