REGISTRO DE PRODUCTORES, ¿DEBE DARSE DE ALTA EL TALLER?
Con la entrada en vigor, el pasado 8 de agosto, del Real Decreto 731/2020, todos los importadores de neumáticos de reposición que operan en el mercado español deben estar inscritos en la sección de neumáticos del Registro de Productores de Producto, tal y como recuerda la Asociación Nacional de Distribuidores e Importadores de Neumáticos (Adine). La fecha límite finalizaba el 2 de abril de 2021 (esta es la fecha estipulada para este año, pero a partir del año 2022, los productores tendrán de plazo hasta el 1 de marzo para comunicar al registro la puesta en el mercado del año 2021). Según el RD 731/2020, se considera productor de neumáticos a la “persona física o jurídica que fabrique en España neumáticos nuevos o neumáticos recauchutados sobre carcasas importadas, o bien quienes realicen adquisiciones intracomunitarias o la importación procedente de países terceros de neumáticos nuevos, de neumáticos recauchutados o de neumáticos preparados para su reutilización como neumáticos de segunda mano”. Como consecuencia, tienen obligación de inscribirse en el Registro de Productores todos los fabricantes, distribuidores, importadores, plataformas online, talleres y autónomos que introducen neumáticos de reposición en España, ya sean nuevos, usados o recauchutados. Por lo tanto, como recalca Óscar Bas, secretario ejecutivo de Adine, los talleres deben inscribirse en este registro “únicamente en el supuesto de que realicen importaciones, adquisiciones intracomunitarias o compras online de neumáticos en plataformas extranjeras”. Al mismo tiempo, Adine recuerda que para poder inscribirse en el Registro de Productores de Neumáticos, previamente los importadores deben estar adheridos a un sistema colectivo de responsabilidad ampliada del productor. En el caso de España, los productores deben adherirse a uno de los dos que existen: Signus o TNU.