C’s Torrent solicita la creación de Unidades Caninas
Dada por hecho la existencia de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, del régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, en su artículo 1.2, excluye de su aplicación a los perros y otros animales pertenecientes a los cuerpos policiales. Entendemos que no existe norma alguna que impida la existencia y/o creación de Unidades Caninas en las Policías Locales, basándonos en el informe de IVASPE, el entrenamiento del perro detector o de rescate se basa en el olfato, en la asociación de olores al juego del animal. El olfato es el sentido más importante y desarrollado del perro, que en comparación con el olfato humano, posee una amplia ventaja, ya que la mayoría de los perros son dueños de alrededor de unos 200 millones de receptores olfativos en las fosas nasales. El uso del perro como prevención en función específica de estos caninos, se basa fundamentalmente en la seguridad ciudadana y un mayor control de la población, la ejecución de este servicio en mando encomendada en estructura de mando, creemos que la unidad canica debería depender directamente de un responsable asignado en Seguridad Ciudadana de la Policia Local de Torrent para una mejor organización y tener un plan de entrenamiento y formación del animal. La unida canida debe ir acompañado de un guía, inseparable para su buen trabajo, dado que el/la guía, debe conocer al animal para saber interpretar sus estímulos y su características, esta función debe desempeñar un especialista en ese área en colaboración y apoyo de algunos centros de protección y control de seguridad. Además el perro debe tener un plan de entrenamiento, un tipo de servicio, un horario de trabajo, un personal de compañía y específica, una formación adecuada, alimentación y control sanitario. Los perros deben tener como característica fundamental una buena estética, actitud de adiestramiento, sentido de amenazas, control de posesión de objetos, etc. El factor humano entre la asociación de hombre-perro, debe potenciar un lazo de afecto y tener especial sensibilidad para saber y conocer la reacción de su perro, el personal o la guía en este caso debe tener cualidades fundamentales, buen temperamento, equilibrio emocional, físico y mental, fortaleza física, carácter sano y tranquilo, constancia, voluntad y por sobre todo mucho cariño por el animal. El Policia Local (guía), debe tener conocimientos varios en estas materias, dado que su función no es exclusivamente llevar un perro, en todo caso, es posible de una realización de cursos para guía de perros detectores de drogas y estupefacientes, curso de guías de perros de seguridad- conocimiento sobre la legislación de ámbito nacional (ley 50/99) sobre Régimen Jurídico de tenencia de animales altamente peligros, Real Decreto 287/2002 de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley anterior. Ley Orgánica 1/1992 de Seguridad Ciudadana, conocimiento sobre legislación de ámbito municipal Or- denanzas de tenencias de animales, Bandos y otros relativos a esta materia, cursos sobre drogas. Otros como cursos de actuación con perros en intervención.
Funciones específica de la unidad canina: a) actuación preventiva en centros docentes del municipio. b) visitas e impartir clases sobre consumo de drogas y en su caso evitarlo. c) patrullar la zona en las que están los jóvenes, colegios, parques, puntos negros donde puede circular las drogas. d) control de los vehículos y personas. e) control y denuncia. f) Transmitir una imagen más humana de la policía, así como estimular a las personas hacia un mundo más solidario con los canes. g) Dentro de sus competencias, se encuentran las funciones de: Detección de drogas, intervención o seguridad, detección de explosivos y perro de rescate.
Considerando La ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 50/1999, de 23 de diciembre, del régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, en coordinación con la Policía Local de Torrent, C’s Torrent propone al Pleno de la Corporación la adopción de los siguientes acuerdos: Que el Ayuntamiento de Torrent, estudie la posibilidad de implantar una unidad canina en el cuerpo de la Policía Local.