“Este nuevo juicio puede sembrar un precedente y tener unas consecuencias legales, económicas, sociales, políticas y jurídicas de gran magnitud”
La abogada especialista en derecho bancario, ejecuciones y titulizaciones hipotecarias Dª María José Alamar, del despacho de Aliter Abogados de Valencia, se enfrenta a finales del mes de septiembre a unos de los casos más importantes de su carrera profesional. La letrada lleva años encabezando una lucha con el fin de que se reconozca judicialmente que, una vez vendidos los préstamos hipotecarios, por parte de los bancos, a los fondos de titulización estos -las entidades financieras- ya no tienen derecho a reclamar su pago puesto que con la venta de los activos deja de ser parte del contrato y, por tanto, también, deja de ser acreedor hipotecario. En resumen, la lucha iniciada por Alamar se basa en el reconocimiento por parte de la justicia de esta posible “estafa procesal” por parte del banco que se presenta como parte del proceso después de haber vendido y cobrado la deuda y sin ser acreedor, pero sigue reclamando la deuda al consumidor hasta el punto de proceder al embargo de su vivienda y subasta la de la vivienda (en la mayoría de los casos).
“Con esta causa reiteramos lo que venimos manifestando años y nuestra firme postura en los juzgados: la ley es igual para todos” - sentencia Mª José Alamar – “Y, por lo tanto, los bancos que han titulizado - vendido las hipotecas de las viviendas de los clientes y las han cobrado del fondo ¡ya no son acreedores de los clientes! Por lo tanto, no pueden demandar en nombre propio ya que no tienen legitimidad activa para entablar dicho procedimiento puesto que no son acreedores”.
Lo relevante de esta causa es que, nuevamente, el Ministerio Fiscal se suma al procedimiento de Aliter Abogados y quiere investigar los créditos vendidos (o titularizados) de las entidades de crédito implicadas en el caso. Ello, abre una nueva esperanza para los miles y miles de hipotecados que tienen dificultades para poder hacer frente al pago de sus deudas. “Estos, podrían ver como se paralizan los juicios sobres sus préstamos hipotecarios” – afirma Alamar. Y es que a ojos de la letrada “parece que, por fin, después de tanto tiempo de lucha la cordura y la ley está imperando por encima de otros intereses”.
“En esta práctica, la venta de fondos de titulización, en realidad se venden los créditos hipotecarios de los usuarios; pero realmente se pone en juego con esta venta es la vivienda de los consumidores, un derecho básico, y sus vidas” – comenta la abogada – “Esto creemos, y esperamos, tiene los días contados”. Y es que Alamar considera muy beneficioso para la lucha iniciada por Aliter Abogados, que, por segunda vez consecutiva, el Ministerio Fiscal se posicione de parte del consumidor en un proceso tan relevante como este. “Este nuevo juicio puede sembrar un precedente y tener unas consecuencias legales, económicas, sociales, políticas y jurídicas de gran magnitud” advierten desde el despacho de abogados de Valencia.
Si este procedimiento resulta favorable abre la puerta a miles y miles de casos en la misma situación que los clientes de Aliter Abogados. Y es que, desde el bufete recalcan que “no es un caso aislado” y es que según datos oficiales en la actualidad el 60% de los créditos hipotecarios están titulizados. “Tenemos clientes a los que les esta reclamando al mismo tiempo el fondo y el banco, otros que se enteraron de la situación cuando el fondo inscribió el remate después de subastada su vivienda, otros que una vez archivada la ejecución hipotecaria frente al banco por cláusulas abusivas después de subastada la vivienda, resulta que estaba titulizada y ahora no saben cómo retrotraer esas deudas, clientes que decidieron dar su vivienda en dación en pago al banco y resulta que, pese a no constar en las escrituras, la finca estaba titulizada…”
Toda esta casuística evidencia una efectiva perdida de derechos de los consumidores que es contraria a la ley y que se ha materializado de espaldas a los consumidores, pero lo que es más grave: también a espaldas a los jueces y a los procedimientos judiciales. “La casuística es para no acabar y todas tienen en un común una cosa: que los bancos vendieron sus activos a fondos de titulización para obtener liquidez y poder seguir dando créditos y los cobraron; y por lo tanto ¡ya no son acreedores!” recalca Mª José Alamar.
¿Cómo surgen las titulizaciones?
Las titulizaciones es un mecanismo utilizado por las entidades de crédito con el fin de obtener liquidez y financiación para sus respectivas actividades. Este modelo financiero, importado de Estados Unidos, tuvo su gran auge en España a finales de los 90 y son – en parte- responsables de la recisión económica que vivimos, así como del famoso rescate bancario español al que asistimos en 2008. Los bancos hacen muchos préstamos y se queda sin activos, y es aquí donde entran las titulizaciones. El banco crea entidades gestoras donde va cediendo todas las hipotecas de sus clientes y crea ante notario un fondo de titulizaciones que contiene miles y miles de euros lo que se traduce en miles de casas. Una vez creado este fondo se trocea en bonos para venderlos (bonos de titulización) generalmente a inversores extranjeros e institucionales.
De esta manera el banco, consigue nuevamente liquidez y puede volver a ofrecer a nuevos clientes hipotecas en las que -nuevamente- inicia el ciclo. Pero existe un dato importante, que por ahora había sido pasado por alto: al vender la deuda, el banco deja de ser propietario de las hipotecas de los clientes. Al titulizar las hipotecas deja de ser parte de este contrato, y por lo tanto deja de ser acreedor hipotecario.
“En conclusión, y en el caso que nos concierne, el banco no puede ejecutar una vivienda cuando la deuda del crédito ha pasado a un fondo de titulizaciones… y este lo ha dividido y vendido a bonistas. El banco deja de ser propietario de la deuda: ya no es acreedor y, por lo tanto, no tiene derecho a reclamar al cliente, y mucho menos a quitarle su vivienda” – comenta Mª José Alamar. Además, esta venta de la deuda a los fondos de titulizaciones “se hacen a espaldas del consumidor” añade la letrada. Por lo tanto, se produce una novación -un nuevo contrato- que los consumidores desconocen (no hay un acuerdo real entre las partes implicadas) y según el Código Civil, afina las repercusiones de esta novación sobre todo en cuanto a los avalistas.
Los bancos que titulizan no son los dueños de las hipotecas
Sin embargo, las entidades siguen demandando en nombre propio y como acreedores ante los Tribunales, únicamente en un intento de no sacar a la luz la infinidad de operaciones financieras que se agrupan bajo el ala de estos fondos de titulización que exclusivamente benefician a los bancos y dejan, aún más, desamparados a los clientes. Por ello, desde Aliter Abogados estamos de enhorabuena con el juicio que tendrá lugar a final de este mes ya que “que el Ministerio Fiscal se haya puesto de nuestro lado y que admita que existe una desprotección jurídica sobre los derechos de los consumidores y usuarios en este procedimiento nos da la razón en la cruzada que hemos emprendido hace años contra este tipo acciones abusivas por parte de los bancos.”
“Esperemos que el procedimiento de Alzira siga por los mismos derroteros del precedente que marcamos en Torrent, y vayamos avanzando, poco a poco” comenta Alamar. Como afirma esta vez la Fiscalía de Alzira, y mantiene firmemente la letrada, “se considera que constituye una práctica abusiva y nula de pleno derecho la interposición ele demanda por parte de entidades del crédito contra prestatarios, consumidores con quienes hubieran celebrado contratos ele financiación con garantías reales inmobiliarias, vivienda, ejercitando acciones declarativas, de resolución y / o de condena, derivadas de los mismos, pese haber trasmitido con anterioridad los respectivos derechos del crédito a un Fondo de Titulización así como sin informar de ello al Juzgado por cuanto que la legitimación para accionar le corresponde a la entidad gestora del Fondo”.