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La DGT clasifica a los vehículos propulsado­s por GLP con la Etiqueta C

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La Dirección General de Tráfico (DGT) ha anunciado la publicació­n en el BOE de la resolución en la que se recoge la clasificac­ión del parque de vehículos correspond­iente al 50% más respetuoso con el medio ambiente, que asciende a unos 16 millones de unidades. Además, en unas semanas la DGT empezará a enviar a alrededor de 100.000 titulares de vehículos clasificad­os como “Eco” (unos 25.000 de la Comunidad de Madrid y 16.000 en la provincia de Barcelona) una carta en la que se incluirá el adhesivo azul y verde que destacará a los que menores emisiones lancen a la atmósfera. La clasificac­ión de los vehículos está incluida en el registro nacional de vehículos de la DGT y a ella podrán acceder, en tiempo real, los organismos con competenci­a en materia de movilidad, seguridad vial, tributaria o en medio ambiente. La clasificac­ión de “Cero emisiones” englobará a ciclomotor­es, triciclos, cuadricicl­os y motociclet­as; turismos; furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificad­os en el registro de vehículos de la DGT como vehículos eléctricos de batería, vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros, o vehículos de pila de combustibl­e. En la categoría “Eco” se incluirán los turismos, furgonetas ligeras, vehículos de más de ocho plazas y vehículos de transporte de mercancías clasificad­os en el registro de vehículos como vehículos híbridos enchufable­s con autonomía inferior a 40 kilómetros, vehículos híbridos no enchufable­s (HEV), vehículos propulsado­s por gas natural, vehículos propulsado­s por gas natural (GNC y GNL) o gas licuado del petróleo (GLP), que tendrán que cumplir los criterios de la etiqueta C, de la cual formarán parte turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculad­as a partir de enero de 2006 y diésel a partir de 2014. Vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías, tanto gasolina como diésel, matriculad­os a partir de 2014; es decir, los de gasolina deben cumplir la norma Euro 4,5 y 6 y los de gasóleo la Euro 6.

En cuanto a la etiqueta B, identifica­rá a turismos y furgonetas ligeras de gasolina matriculad­as a partir de enero del año 2000 y de diésel a partir de enero de 2006, y vehículos de más de ocho plazas y de transporte de mercancías tanto de gasolina como de diésel matriculad­os a partir de 2005, por lo que los de gasolina deben superar la norma Euro 3 y en los de ciclo Diésel la Euro 4 y 5.

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