Los talleres pagan por duplicado la recogida de algunos envases
Aprovechando la revisión de la Ley 11/1997 de envases y residuos de envases, que el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente tiene entre manos, Conepa quiere recordar a la Administración “una vieja reivindicación” de los talleres: “que se tenga en cuenta y se corrija la duplicidad de pago por la recogida de envases vacíos generados en las empresas de reparación y mantenimiento de vehículos”, aseguran desde la Federación Española.
Tal circunstancia se produce por la coexistencia de dos normativas que, a juicio de la entidad, “no son complementarias, pero sí ambas aplicables a la actividad del sector”. Por un lado, la propia Ley de Envases 11/1997 y su Reglamento de aplicación, donde se obliga a los envasadores a que todos los envases “susceptibles de ser usados por un particular” sean puestos en el mercado a través de un Sistema Integrado de Gestión, como es Ecoembes. Conepa explica que los talleres utilizan aceites de motor, anticongelantes, líquido de frenos y otros productos que son susceptibles de ser usados por un particular, pues se pueden adquirir en grandes superficies. Cuando los talleres adquieren dichos productos, también se les repercute la tasa.
Cuando dichos envases se convierten en residuo -el cual se puede catalogar como peligroso por contener restos de aceite y/u otros productos-, a los talleres les es de aplicación la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados, en la que se recoge la obligación de gestionar, a través de una empresa autorizada, los residuos peligrosos generados en el taller, empresa que cobra por la retirada de estos. De ese doble pago se deriva la duplicidad para la gestión de un mismo residuo, denunciada por la Federación ante la Administración competente de manera repetida. Ahora la propuesta de su estudio ha sido incluida por Conepa en un escrito de observaciones, con el objetivo “de que se valore tal circunstancia a efectos de posibles cambios en los sistemas de financiación actuales”.