El Gobierno aprueba modificaciones en la PAC
El objetivo es adecuar la normativa española a la comunitaria
El Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente ha aprobado un Real Decreto para modificar algunos aspectos de la normativa para la aplicación de la PAC, incorporando al ordenamiento jurídico la nueva reglamentación de la UE.
Principalmente se realizan cambios relativos al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medioambiente, al cultivo de cáñamo y a la información trasmitida por los Estados miembros a la CE. Asimismo, se introducen diversos ajustes técnicos que mejoran la aplicación y eficacia en la gestión de los pagos directos, incluidas las condiciones para su aplicación. De esta forma, se clarifican las condiciones del ejercicio de la actividad agraria y el régimen simplificado de ayudas para pequeños agricultores, y se adaptan los trámites administrativos en lo relativo a la admisibilidad de parcelas y la elección de derechos de pago a activar en el régimen de pago básico.
Se introducen disposiciones que facilitan la incorporación de jóvenes a la actividad agraria y se simplifican las transferencias de derechos de pago básico para casos de expropiación forzosa o concentración parcelaria.
Desde el Ministerio destacan el control de la actividad agraria que, como mínimo, debe realizarse anualmente en todas las parcelas de la explotación por las que se solicita ayuda. Se consideran nuevas situaciones de riesgo.
También se unifica la fecha de cumplimiento de varios requisitos, relacionados con la solicitud única, al 31 de mayo: disponibilidad de las parcelas, comunicación de cesiones y renuncia al régimen de pequeños agricultores. El periodo de presentación de la solicitud única se mantiene del 1 de febrero al 30 de abril.
Se clarifica el concepto de participación en el régimen de pequeños agricultores y la retirada de derechos a favor de la reserva nacional, incluido el caso de agricultores que no alcanzan el importe mínimo para poder recibir pagos directos.
En lo que respecta al pago para las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medioambiente, se incorpora la prohibición del uso de productos fitosanitarios en las SIE que son o puedan ser productivas (en España, los barbechos y los CFN, cuando computen como SIE).
Se flexibilizan los requisitos exigidos en las SIE, de forma que los barbechos SIE reducen el periodo que no pueden destinarse a la producción agraria a seis meses; además, respecto a los CFN, a efectos de su cómputo como SIE, se adaptan los estados fenológicos que han de alcanzar y se permite su mezcla con otros cultivos que no tengan la capacidad de fijar nitrógeno, siempre que el CFN sea predominante en el terreno.
Se flexibilizan ciertas condiciones, como la posibilidad de seleccionar los derechos de pago básico que se quieren activar, o la posibilidad de incluir nuevos regímenes de ayuda en el periodo de modificación de solicitud única. También se flexibilizan las condiciones requeridas en los cambios de titularidad de las explotaciones ganaderas, cuando el nuevo titular sea un joven agricultor, para poder percibir las ayudas asociadas a los ganaderos.
También se amplían las excepciones a la obligación de realizar una declaración gráfica de superficies a todo uso en común de la superficie agraria, así como el caso de superficies exceptuadas de declarar con referencias SIGPAC y se amplía la información que debe proporcionarse a la administración catastral, para lo que se incluirá la referencia catastral en la base de datos de SIGPAC, así como el derecho de acceso a los datos de declaración de cultivo de los titulares catastrales de las parcelas.
Se promueve la colaboración entre los Organismos Pagadores y los Organismos de Certificación en lo que respecta al intercambio de información relativa a los planes de control y se refuerza la responsabilidad de las comunidades autónomas respecto al cumplimiento de los límites máximos presupuestarios.
Se establece la posibilidad de que la ministra, a petición de una o varias comunidades autónomas, amplíe el plazo de presentación de la solicitud única, solo en las comunidades que lo hayan solicitado.
El nuevo RD amplía las cesiones de derechos de pago básico sin tierra exentas de peaje a casos en los que esté implicado un joven agricultor, o explotaciones afectadas por una intervención pública sobre sus parcelas y establece exigencias mínimas en la aplicación de estiércoles y purines.
Todos los cambios se aplicarán en 2018, buscando simplificar la gestión a los agricultores, mejorar el compromiso de la PAC con el medioambiente y la sostenibilidad y favorecer el relevo generacional.
Uno de los objetivos prioritarios es favorecer el relevo generacional y el compromiso con el medioambiente