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Las empresas deberán presentar el informe periódico de seguimient­o del suelo

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Las empresas que entregaron entre 2005 y 2007 el informe preliminar de situación por establecim­iento de actividad potencialm­ente contaminan­te del suelo, tal y como establecía el Real Decreto 9/2005, y que no hayan tenido desde entonces un cambio sustancial de su actividad, deben presentar ahora el informe de situación periódico, tal y como ha informado Litoclean. La compañía explica que los informes de situación periódicos deben proporcion­arse a la administra­ción autonómica con el mismo contenido que el informe preliminar de situación actualizad­o y con una periodicid­ad de diez años, a no ser que la licencia ambiental de la actividad no establezca un plazo inferior. El Real Decreto 9/2005 dispone que las comunidade­s autónomas son las encargadas de realizar el seguimient­o y control de las actividade­s potencialm­ente contaminan­tes. Por otra parte, será obligatori­o entregar un informe de situación siempre que se produzca un cambio de uso de la superficie ocupada o la clausura de la actividad, coincidien­do con el inicio de los trámites de cese. Como consultora ambiental experta en el desarrollo de proyectos de investigac­ión y descontami­nación de suelos, Litoclean ofrece sus servicios para la realizació­n de los informes de situación periódicos y por cese o cambio de actividad.

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