¿Qué otras revisiones se deben realizar en una instalación para dar cumplimiento a la APQ10?
Aunque se tienen que realizar cada cinco años revisiones de las instalaciones por parte de un organismo de control habilitado para presentar el certificado al órgano de industria de la comunidad autónoma (Art. 5 RAPQ), también es obligatorio realizar revisiones periódicas anuales. Para esto se debe establecer un ‘plan de revisiones’ periódicas en el cual se verifican (si procede):
• El registro de las operaciones previstas en el plan de mantenimiento.
• La continuidad eléctrica y tomas de tierra de los elementos metálicos de la instalación.
• El correcto estado de los recipientes, las estanterías, los sistemas de contención, cimentaciones, vallado, cerramiento, paredes, arquetas, drenajes, bombas, equipos, instalaciones auxiliares, etc.
• Las ventilaciones tanto naturales como forzadas de los locales de almacenamiento.
• El mantenimiento de las características y condiciones del almacenamiento, tal como se describen en la documentación elaborada inicialmente con sus correspondientes modificaciones, si se han efectuado, utilizadas para su inscripción o comunicación reglamentaria.
Los elementos de protección contra incendios:
• Reserva de agua.
• Reserva de espumógeno y copia de resultado de análisis de calidad.
• Funcionamiento de los equipos de bombeo.
• Sistemas de refrigeración.
• Alarmas.
• Extintores.
• Ignifugado.
• Comprobación del correcto estado de las mangueras y acoplamientos.
• Los registros de mantenimiento emitidos por el mantenedor habilitado de instalaciones fijas de protección contra incendios.
• El estado de actualización y accesibilidad de las fichas de datos de seguridad.
La empresa deberá nombrar un responsable para estas revisiones que puede ser propio o ajeno. Tras cada revisión se debe emitir el certificado correspondiente.