La directiva de Bartomeu entiende que no deberá avalar
Los más de 76 millones de euros que deben presentar los candidatos a la presidencia son motivo de polémica
Se basan en el criterio de continuidad y al hecho de haber dado beneficios
Los componentes de la actual directiva del FC Barcelona, presidida por
Josep Maria Bartomeu,
no deberán presentar un aval económico si deciden presentarse a las próximas elecciones a la presidencia del club blaugrana. Eso es lo que entienden ellos basándose tanto en el criterio de continuidad, que debería prevalecer en su caso, así como por el hecho de que en los últimos cinco años han presentado unos beneficios acumulados que han superado los 100 millones de euros.
Estos son sus argumentos, así como también lo es el dictamen de la propia Liga de Fútbol Profesional (LFP) determinaba, en 2010, que si alguno de los miembros que hubiera permanecido en la junta de Joan Laporta durante su mandato (2003-2010) hubiese salido elegido esa junta se habría beneficiado de los resultados económicos anteriores acumulados.
No obstante, para confirmarlo y para evitar posibles impugnaciones, desde la entidad barcelonista ya está previsto solicitar un nuevo informe a la LFP para que confirme estos puntos y permita que, tanto Josep Maria Bartomeu como algún otro directivo de la actual junta que presente una candidatura continuista, pueda beneficiarse del privilegio de no estar obligado a presentar un aval personal que puede superar los 76 millones de euros.
Corresponde al quince por ciento del presupuesto de gastos del club deben responder todos los miembros de la junta a partes iguales, salvo que entre ellos acuerden otra distribución de responsabilidades. Un supuesto que la actual junta cumplió cuando se ganó las elecciones de 2010.
Se da la circunstancia que en la Ley del Deporte se hace constar en relación a la presentación de resultados positivos encadenados durante un mandato que estos compensan la obligación de presentar un aval bancario, sin que se especifique si han de cumplir o no el mandato. Es más, no hay ninguna ley en el deporte que obligue a una junta a cumplir su mandato para estar exento de este criterio de continuidad.
No obstante, para algunos, aquí existe un transfondo judicial del que ayer se hacia eco ‘La Vanguardia’. Según esta información, no se puede considerar “mandatos consecutivos” la gestión de Bartomeu ya que no conseguirán finalizar el 30 de junio de 2016 el mandato que empezó Sandro Rosell. Si presentan la dimisión de forma conjunta y mayoritaria para presentarse a la reelección la actual junta es evidente que no llegará al final del mandato, lo que obligará a constituir una junta gestora.
Es aquí donde, según las fuentes consultadas por ‘La Vanguardia’, los miembros de la actual junta podrían verse obligados a avalar. Se basan en que el Real Derecho sobre sociedades anónimas deportivas aclara que la exención del aval se entiende “siempre bajo la condición de que el presidente de la directiva permanezca durante todo el mandato o que su sucesor haya sido miembro de dicha junta durante el período referido” y la actual junta no llegará a cumplir su mandato.
La LFP ya emitió un informe en 2010 que confirmó este supuesto