Le caerán dos partidos
Siguiendo al pie de la letra el acta arbitral, la reacción de Leo no debería ir más allá de dos partidos. Los artículos de la RFEF así lo avalan
Hasta que se conozca la decisión de la jueza de Competición de la RFEF, Carmen Pérez, mucho se va a especular acerca del posible castigo para Leo Messi.
Una sanción que inicialmente no puede ser nunca considerada como agresión, luego implica descartar casi prácticamente los cuatro partidos como consecuencia del lance en los instantes finales de partido de la final.
Expulsión que se produjo después de que Hernández Hernández avisara a Gil Manzano desde la sala de VOR y este revisara la acción en el monitor del terreno de juego. La clave está en la redacción del acta arbitral de Gil Manzano y que dice textualmente lo siguiente: “Lionel Andrés fue expulsado por el siguiente motivo: golpear a un contrario con el brazo haciendo uso de fuerza excesiva estando el balón en juego pero no a distancia de ser jugado”.
La parte esencial es cuando hace referencia a “golpear a un contrario”. El colegiado omite la palabra agredir, además de añadir que estaba el balón en juego, como así fue.
Esto supone casi descartar el mínimo de cuatro partidos que fija el Artículo 98 del Código Disciplinario, dado que ahí se emplea la palabra agredir, algo que no aparece en la redacción del acta. El texto de ese artículo dice: “Agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos”. Esto deja claramente abierta la opción de que le apliquen el 123 relativo a la violencia en el juego y que dice textualmente: “Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes”.
Parece claro que este último punto se asemeja con lo descrito por Gil Manzano en su acta arbitral y que dio pie a la primera expulsión de Messi en el fútbol español.
Gil Manzano habla de golpear a un contrario y hace hincapié en que el esférico estaba en juego
Cuando no hay consecuencias dañosas o lesivas, la suspensión va de uno a tres partidos