Expansión C. Valenciana - Start up
Un esfuerzo para dar un salto cualitativo
K Inversión de capital riesgo en ‘start up’ del país desde
2015: 13.100 millones de dólares
K Nº de ‘start up’: +12.000
K Rondas de financiación desde 2015: +4.400
K Nº de unicornios: 13
Con la recién aprobada Ley de Fomento del Ecosistema de Empresas Emergentes, España pone en marcha una norma orientada de manera específica a la creación de un ecosistema de emprendimiento innovador en Europa. Con ella, el Gobierno quiere dar un impulso a la competitividad de las ‘start up’ españolas respecto a los principales ‘hubs’ europeos.
La norma se dirige a las empresas emergentes que tengan su sede y el 60% de sus empleados en España, que no superen los cinco años de antigüedad –siete en algunos sectores estratégicos–, que no facturen más de 10 millones de euros y que no coticen en Bolsa ni distribuyan dividendos. Asimismo, su carácter innovador tendrá que ser certificado por Enisa.
Además de perseguir la agilización de los trámites administrativos, activa medidas fiscales para atraer inversión y talento, como un nuevo visado para los nómadas digitales. Como beneficio para las propias empresas, se contempla una reducción del tipo impositivo en el Impuesto de Sociedades desde el 25% hasta el 15% durante un máximo de cuatro años desde que la base imponible sea positiva. No obstante, desde el sector advierten de que este tributo grava los beneficios, de modo que sólo repercutirá en aquellas ‘start up’ que logren ser rentables en sus primeros cinco años de vida, algo que la inmensa mayoría no llega a conseguir. Entre los puntos más destacados de la ley destaca la mejora de la fiscalidad de las ‘stock options’, retrasando la tributación hasta la venta o salida a Bolsa de la compañía y ampliando la exención fiscal desde 12.000 hasta 50.000 euros anuales. También se
aumenta la base máxima de deducción en el IRPF por la inversión en ‘start up’ desde 60.000 hasta 100.000 euros anuales, elevando el tipo de deducción desde el 30% hasta el 50%. Otra mejora sustancial afecta al ‘carried interest’, el beneficio que obtienen los gestores de fondos de capital riesgo cuando se produce una desinversión: mantienen su consideración como rentas del trabajo pero la reducción del 50% hace que, en la práctica, el tipo efectivo sea equiparable o incluso menor que en las rentas del capital.