EN LAS REDES SOCIALES TAMBIÉN SE DAN AGRESIONES SEXUALES
• El Tribunal Supremo acaba de concluir que la intimidación a distancia (por ejemplo, a través de las redes sociales) con un fin sexualizado también se considerará una agresión sexual y será penalizada como tal.
• Eso supone que la pena en esos casos ya no será de unos dos años de prisión (por considerarla solo corrupción de menores), sino de cinco años y cuatro meses, como muchos otros delitos sexuales.
• Este gran paso adelante viene tras analizar ese tribunal el caso de un individuo que intimidó a una menor en las redes sociales para que le enviara fotografías y vídeos sexuales bajo la amenaza de dar a conocer otro material delicado de la joven si no accedía a su petición.
• El Alto Tribunal equipara estas situaciones intimidatorias a las agresiones directas y físicas, a pesar de que el agresor no ejerza una coacción “presencial” sobre la víctima.