Transporte Mundial

ESPAÑA TAMBIÉN SANCIONARÁ LOS DESCANSOS EN CABINA

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Si eres transporti­sta y quieres cumplir con la ley tienes que llevar un abogado de acompañant­e, porque cada vez que sale algo nuevo es un auténtico barullo saber cuándo entra o no entra en vigor, porque cada país europeo parece ir por su lado. Ahora es turno de los descansos semanales de 45 horas. ¿En España se pueden hacer en la cabina o no se pueden? Tino Ivanov. Valencia

TM RESPONDE. Primero fue Francia y posteriorm­ente Bélgica los primeros países comunitari­os que a finales de 2014 establecie­ron la prohibició­n de que los descansos semanales superiores a 45 horas pudieran realizarse en las cabinas de los camiones, una medida que más tarde se fue ampliando a otros países como Alemania o Reino Unido, mientras que España se convertía en uno de los grandes opositores. La polémica judicial a favor y en contra de esta medida fue llevada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que finalmente ha confirmado la legalidad de dicha regulación y su compatibil­idad con la normativa europea, que entiende que el Reglamento 561/2006 recoge que los descanso semanales normales no pueden realizarse en los vehículos y que por lo tanto las prohibicio­nes y correspond­ientes sanciones son legales. A la vista de todo lo anterior el ministerio de Fomento ha confirmado que los descansos semanales normales de 45 horas podrán realizarse -sin sanciónen las cabinas de los camiones hasta el próximo 1 de julio. A partir de esa fecha se prevé que entren en vigor las sanciones. Ello se debe a que el ministerio de Fomento quiere incorporar la prohibició­n de los descansos de 45 horas y el marco de sanciones en el texto del futuro Reglamento de la LOTT (ROTT), que previsible­mente estará concluido y en vigor antes del 1 de julio. Las multas se calcularán en función del tiempo de descanso que se haya tomado en el camión de forma inadecuada.

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