ESPAÑA TAMBIÉN SANCIONARÁ LOS DESCANSOS EN CABINA
Si eres transportista y quieres cumplir con la ley tienes que llevar un abogado de acompañante, porque cada vez que sale algo nuevo es un auténtico barullo saber cuándo entra o no entra en vigor, porque cada país europeo parece ir por su lado. Ahora es turno de los descansos semanales de 45 horas. ¿En España se pueden hacer en la cabina o no se pueden? Tino Ivanov. Valencia
TM RESPONDE. Primero fue Francia y posteriormente Bélgica los primeros países comunitarios que a finales de 2014 establecieron la prohibición de que los descansos semanales superiores a 45 horas pudieran realizarse en las cabinas de los camiones, una medida que más tarde se fue ampliando a otros países como Alemania o Reino Unido, mientras que España se convertía en uno de los grandes opositores. La polémica judicial a favor y en contra de esta medida fue llevada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que finalmente ha confirmado la legalidad de dicha regulación y su compatibilidad con la normativa europea, que entiende que el Reglamento 561/2006 recoge que los descanso semanales normales no pueden realizarse en los vehículos y que por lo tanto las prohibiciones y correspondientes sanciones son legales. A la vista de todo lo anterior el ministerio de Fomento ha confirmado que los descansos semanales normales de 45 horas podrán realizarse -sin sanciónen las cabinas de los camiones hasta el próximo 1 de julio. A partir de esa fecha se prevé que entren en vigor las sanciones. Ello se debe a que el ministerio de Fomento quiere incorporar la prohibición de los descansos de 45 horas y el marco de sanciones en el texto del futuro Reglamento de la LOTT (ROTT), que previsiblemente estará concluido y en vigor antes del 1 de julio. Las multas se calcularán en función del tiempo de descanso que se haya tomado en el camión de forma inadecuada.