Las motos no son iguales que los coches
Esta afirmación es una evidencia y evidencia que no pueden ser medidos por el mismo rasero en la toma de algunas decisiones. Nos referirnos concretamente al nuevo reglamento que va a regular los permisos de circulación para los vehículos clásicos. Aunque la norma no está, por el momento, aprobada, todos los borradores que circulan sobre este tema indican que la consideración de vehículo clásico se dará a los automóviles y motocicletas que tengan más de treinta años de antigüedad. Se pretende, con esta disposición, que los vehículos que alcancen la categoría de históricos de verdad lo sean. Y que esta iniciativa no sirva de coladero para que puedan tener esta consideración coches sólo viejos. O incluso furgonetas de reparto que así podrían pasar al centro de las ciudades a diario y no de manera excepcional, como ocurrirá con los coches antiguos.
Pero es por ello que sugerimos que sería una buena idea separar en este caso coches de motos. Una motocicleta se debe considerar histórica a partir de los veinticinco años. Con ello lograremos que sobrevivan una gran parte de los modelos que han sido testigos de una importante y extensa herencia industrial de las fábricas españolas de dos ruedas, con marcas míticas como Bultaco, Montesa, Ossa… que de otra forma corren peligro de que se achatarren y se pierdan para siempre al no poder utilizarlos. Y en las motos no se da el caso de que modelos con tantos años se puedan usar con otros fines que no sean únicamente el disfrute de conducir vehículos que ya forman parte de la historia de las dos ruedas.