Reparos del Fiscal de Corte a proyecto del gobierno
Sostiene que prisión preventiva perceptiva es inconstitucional
El martes 15, el Poder Ejecutivo envió un proyecto al Parlamento que introduce cambios y ajustes a varias figuras claves del nuevo Código del Proceso Penal que comenzó a regir el 1° de noviembre de 2017.
A través del artículo 6 del proyecto, se modifican los requisitos para disponer la prisión preventiva. Se propone aplicarla perceptivamente para cierto tipo de delitos en caso de reincidencia, reiteración o habitualidad. (Ver aparte)
El 3 de abril de este año, en la comisión de Constitución del Senado, el fiscal de Corte, Jorge Díaz, alertó que la prisión preventiva es inconstitucional si se dispone para reincidentes y reiterantes. Con el Código viejo, esta medida funcionaba como pena anticipada. Los operadores argumentaban que era una medida que procuraba evitar la fuga o que el individuo en libertad frustrase la prueba.
Díaz advirtió que en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, del tribunal europeo de Derechos Humanos, de las cortes supremas de prácticamente toda la región, esas serían las únicas dos medidas que justificarían la utilización de la prisión preventiva. El 30 de agosto de 2017, en un proceso de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte, Díaz reiteró este concepto. “La reiteración o la reincidencia no son en principio riesgos procesales que justifiquen siquiera la aplicación de la prisión preventiva”, dijo.