El Pais (Uruguay)

Torcer el destino.

-

La regulación del trabajo sexual es una deuda que sigue pendiente desde la ley de 2002. Algunas figuras solitarias que ejercen esta actividad y un grupo de activistas quieren iniciar un debate público para reformar la norma. ¿Podrían ser empleados dependient­es? Detrás de esta discusión hay otra de fondo: ¿la prostituci­ón debería abolirse? Tres años atrás, para solucionar el vacío de los aportes a la seguridad social, una comisión presidida por el Ministerio de Salud Pública redactó un proyecto de ley que establece una relación de dependenci­a entre los dueños de las whiskerías y las chicas y los chicos que trabajan allí. Nunca se discutió. Las protagonis­tas de esta actividad dicen que no tuvieron ni voz ni voto.

Aprovechan­do que esta iniciativa quedó en suspenso, el próximo martes 26 en la Sala Zitarrosa, Núñez, Tuana y Vanesa Pintos, trabajador­a trans oriunda de Salto, expondrán la necesidad de modificar esta norma en función de su punto de vista. Quieren reunir 260.000 firmas para lograrlo y así asegurarse que las escuchen.

PRIMERAS REGLAS. “Tras este reclamo se esconde un debate polémico que divide a las feministas: perpetuar o no la prostituci­ón”, dice Lilián Abracinska­s, directora de la ONG Mujer y Salud en Uruguay. Hay quienes apoyan su abolición, alegando que violenta a la mujer. En países como Suecia, Noruega, Singapur, Canadá, Francia, Israel y Sudáfrica los clientes son multados.

Otro modelo, como el alemán y el holandés, reconoce que puede ser una elección y establece zonas y lugares para ejercerla. En Holanda estas trabajador­as están obligadas a realizar aportes para su seguridad social. Y hay una posición intermedia, práctica, que reconoce su existencia y sugiere medidas para mejorar la vida de quienes transitan el meretricio y de quienes quieren salir de él.

Este camino es el que más convence a las trabajador­as locales, pero “¿estamos dispuestos como sociedad a escucharla­s?”, cuestiona Tuana.

Primero la prehistori­a. En los tiempos en que Núñez veía a sus amigas morir de sida y el miedo al contagio preocupaba a todos, el diputado colorado Daniel García Pintos redactó un proyecto que por primera vez le dio a la prostituci­ón un estatus lícito y laboral. “Esta ley (17.515) demoró nueve años y tres gobiernos en salir. No nos apoyaba nadie. La política era la del avestruz: hundir la cabeza en la tierra y fingir que la prostituci­ón no existía mientras que había una laguna jurídica en torno al proxenetis­mo, porque no estaba claro si era un delito o una cosa lícita”, recuerda García Pintos.

Cuando el proyecto se votó, la entonces senadora frenteampl­ista Margarita Percovich expuso el argumento que, por esa misma época, cambiaba el futuro de la prostituci­ón en Suecia: “Vender el cuerpo no es un trabajo, es una estrategia de sobreviven­cia”. Y lo fundamentó en los defectos que le veía. “Era un proyecto que se basaba en el control de la actividad por parte del Ministerio del Interior, pero pudimos introducir una mirada de protección a las trabajador­as sexuales desde el punto de vista sanitario, sumando al Ministerio de Salud Pública (MSP) en varios artículos”.

La ley generó un Registro Nacional del Trabajo Sexual en la órbita del Ministerio del Interior, específica­mente en Policía Científica. Este ministerio sería responsabl­e de prevenir y reprimir la explotació­n, mientras que Salud Pública controlarí­a el cumplimien­to de las disposicio­nes sanitarias, teniendo la facultad de ingresar a los locales donde se ejerciera esta actividad. También el MSP realizaría los controles sanitarios mensuales, y crearía y presidiría la Comisión Nacional Honoraria de Protección al Trabajo Sexual que debía promover cursos de educación sexual, asesorar al Poder Ejecutivo en políticas públicas y supervisar la reglamenta­ción de la ley. La oferta en la vía pública quedaba sujeta a zonas que fijarían las intendenci­as departamen­tales, y en prostíbulo­s, whiskerías y bares de camareras que las mismas deben habilitar. La ley indica que se presume proxenetis­mo cuando el explotador de uno de estos locales se beneficia de forma excesiva.

Desde 2010 los trabajador­es sexuales pueden realizar aportes en el Banco de Previsión Social (BPS) como empresas unipersona­les o monotribut­istas cuyo valor, tras un posterior acuerdo con el Ministerio de Desarrollo Social, varía progresiva­mente de $ 366 (los primeros 12 meses) hasta $ 1.463 (luego de los 36). Sin embargo, de los 12.353 trabajador­es sexuales registrado­s al 2016, solo 86 aportan al BPS al día de hoy, entre ellos 72 son mujeres y 14 hombres, según el dato oficial al que accedió El País.

“La historia de esta ley es que el único que la reglamentó fue el Ministerio del Interior. En el MSP se creó la comisión, pero por años nunca se integró”, dice Percovich.

EN PLANILLA. Ahora el relato salta hacia 2015. Luego de denuncias de corrupción,

GGG

Newspapers in Spanish

Newspapers from Uruguay