Torcer el destino.
La regulación del trabajo sexual es una deuda que sigue pendiente desde la ley de 2002. Algunas figuras solitarias que ejercen esta actividad y un grupo de activistas quieren iniciar un debate público para reformar la norma. ¿Podrían ser empleados dependientes? Detrás de esta discusión hay otra de fondo: ¿la prostitución debería abolirse? Tres años atrás, para solucionar el vacío de los aportes a la seguridad social, una comisión presidida por el Ministerio de Salud Pública redactó un proyecto de ley que establece una relación de dependencia entre los dueños de las whiskerías y las chicas y los chicos que trabajan allí. Nunca se discutió. Las protagonistas de esta actividad dicen que no tuvieron ni voz ni voto.
Aprovechando que esta iniciativa quedó en suspenso, el próximo martes 26 en la Sala Zitarrosa, Núñez, Tuana y Vanesa Pintos, trabajadora trans oriunda de Salto, expondrán la necesidad de modificar esta norma en función de su punto de vista. Quieren reunir 260.000 firmas para lograrlo y así asegurarse que las escuchen.
PRIMERAS REGLAS. “Tras este reclamo se esconde un debate polémico que divide a las feministas: perpetuar o no la prostitución”, dice Lilián Abracinskas, directora de la ONG Mujer y Salud en Uruguay. Hay quienes apoyan su abolición, alegando que violenta a la mujer. En países como Suecia, Noruega, Singapur, Canadá, Francia, Israel y Sudáfrica los clientes son multados.
Otro modelo, como el alemán y el holandés, reconoce que puede ser una elección y establece zonas y lugares para ejercerla. En Holanda estas trabajadoras están obligadas a realizar aportes para su seguridad social. Y hay una posición intermedia, práctica, que reconoce su existencia y sugiere medidas para mejorar la vida de quienes transitan el meretricio y de quienes quieren salir de él.
Este camino es el que más convence a las trabajadoras locales, pero “¿estamos dispuestos como sociedad a escucharlas?”, cuestiona Tuana.
Primero la prehistoria. En los tiempos en que Núñez veía a sus amigas morir de sida y el miedo al contagio preocupaba a todos, el diputado colorado Daniel García Pintos redactó un proyecto que por primera vez le dio a la prostitución un estatus lícito y laboral. “Esta ley (17.515) demoró nueve años y tres gobiernos en salir. No nos apoyaba nadie. La política era la del avestruz: hundir la cabeza en la tierra y fingir que la prostitución no existía mientras que había una laguna jurídica en torno al proxenetismo, porque no estaba claro si era un delito o una cosa lícita”, recuerda García Pintos.
Cuando el proyecto se votó, la entonces senadora frenteamplista Margarita Percovich expuso el argumento que, por esa misma época, cambiaba el futuro de la prostitución en Suecia: “Vender el cuerpo no es un trabajo, es una estrategia de sobrevivencia”. Y lo fundamentó en los defectos que le veía. “Era un proyecto que se basaba en el control de la actividad por parte del Ministerio del Interior, pero pudimos introducir una mirada de protección a las trabajadoras sexuales desde el punto de vista sanitario, sumando al Ministerio de Salud Pública (MSP) en varios artículos”.
La ley generó un Registro Nacional del Trabajo Sexual en la órbita del Ministerio del Interior, específicamente en Policía Científica. Este ministerio sería responsable de prevenir y reprimir la explotación, mientras que Salud Pública controlaría el cumplimiento de las disposiciones sanitarias, teniendo la facultad de ingresar a los locales donde se ejerciera esta actividad. También el MSP realizaría los controles sanitarios mensuales, y crearía y presidiría la Comisión Nacional Honoraria de Protección al Trabajo Sexual que debía promover cursos de educación sexual, asesorar al Poder Ejecutivo en políticas públicas y supervisar la reglamentación de la ley. La oferta en la vía pública quedaba sujeta a zonas que fijarían las intendencias departamentales, y en prostíbulos, whiskerías y bares de camareras que las mismas deben habilitar. La ley indica que se presume proxenetismo cuando el explotador de uno de estos locales se beneficia de forma excesiva.
Desde 2010 los trabajadores sexuales pueden realizar aportes en el Banco de Previsión Social (BPS) como empresas unipersonales o monotributistas cuyo valor, tras un posterior acuerdo con el Ministerio de Desarrollo Social, varía progresivamente de $ 366 (los primeros 12 meses) hasta $ 1.463 (luego de los 36). Sin embargo, de los 12.353 trabajadores sexuales registrados al 2016, solo 86 aportan al BPS al día de hoy, entre ellos 72 son mujeres y 14 hombres, según el dato oficial al que accedió El País.
“La historia de esta ley es que el único que la reglamentó fue el Ministerio del Interior. En el MSP se creó la comisión, pero por años nunca se integró”, dice Percovich.
EN PLANILLA. Ahora el relato salta hacia 2015. Luego de denuncias de corrupción,
GGG