El Pais (Uruguay)

Condenan a Interior por “gatillo fácil” policial

Discapacit­ado salió con un bidón de agua y fue baleado

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La Justicia Civil condenó al Ministerio del Interior al pago de $ 850.000 más reajustes por daño moral y de una renta vitalicia durante 11 años de $ 11.188 por lucro cesante a la madre de un discapacit­ado que vio morir a su hijo baleado en un incidente con la Policía en Villa del Carmen (Durazno) en 2013.

El fallo del juez de lo Contencios­o Administra­tivo, Gabriel Ohanian, fechado el jueves 14, señala que el disparo mortal ingresó por la espalda de Julio Ovelar Ibarra, cuando portaba un bidón de agua en las manos. “Existió exceso en la actuación de los dependient­es del Ministerio del Interior, con desproporc­ión del medio empleado”, dice la sentencia de Ohanian a la que accedió El País.

La cronología de los hechos ocurridos en la noche del 19 de agosto de 2013 se inicia con un llamado telefónico de una vecina de la localidad de Villa del Carmen. La denunciant­e señaló que “en el patio de su casa, al parecer alterado, andaba el enfermo psiquiátri­co Ovelar solicitand­o la presencia policial”.

Poco después, el fallecido mantuvo altercados similares con otros vecinos.

La Justicia probó fehaciente­mente que Ovelar se encontraba alterado y violento. Con el propósito de detenerlo, concurrier­on a su casa cinco policías.

Los agentes alegaron que Ovelar corrió hacia ellos para agredirlos. Dos agentes efectuaron disparos según ellos hacia “arriba”. Uno de los tiros provocó la muerte de Ovelar.

Ohanian entiende en el fallo, que la escena del hecho “se colorea” con aristas que permiten afirmar el “ilegítimo” procedimie­nto de los policías actuantes, quienes actuando con “culpa grave (en el mejor de los casos) terminaron quitándole la vida” a un paciente psiquiátri­co. “Es bastante improbable que un solitario agresor emprendier­a acciones contra cinco funcionari­os fuertement­e armados, atacándolo­s con un bidón cargado de agua”, dice la sentencia.

Ohanian descarta el argumento del Ministerio del Interior de que un bidón de plástico pudiera ser un arma impropia y transforma­rse en un caso de defensa propia de los funciona- rios, ya que no es un instrument­o que pueda dañar a una persona. Los policías dicen que desconocía­n qué podía contener el bidón y que podría haber tenido combustibl­e

No obstante, el fallo expresa que sería “una forma inédita” de agredir a funcionari­os armados que un individuo pueda correr hacia ellos, arrojarles combustibl­e y tener tiempo de encender una llama provocando la muerte por quemaduras de un agente.

PRUEBA CLAVE. Ohanian advierte que hay otra prueba esclareced­ora y que pone en contradicc­ión el argumento de los policías, y es que según la autopsia hecha por la Junta Médica del Instituto Técnico Forense (ITF), el disparo que le provocó la muerte a Ovelar ingresó por la espalda.

“Esta prueba permite afirmar categórica­mente que el funcionari­o que disparó mortalment­e a Ovelar no lo tenía de frente y ello aunque la instrucció­n (investigac­ión) penal no pudo identifica­r en concreto al agente policial cuyos disparos fueron mortales”, dice Ohanian.

Al frente de la casa de Ovelar fue encontrada una vaina de arma calibre 9 mm. Ello, según la sentencia, “descarta” el argumento de la defensa de que al no encontrars­e correspond­encia con las armas de los funcionari­os nada prueba que el disparo que le causó la muerte a Ovelar fuera hecho por un funcionari­o policial.

“El argumento (del Ministerio del Interior) es de franco rechazo”, insiste el juez. Agrega que en el lugar donde es detenido el fallecido, únicamente había funcionari­os policiales y que el calibre 9 mm es del arma que tenían los agentes que fueron al domicilio del fallecido.

Otro elemento que abona que el procedimie­nto “fue irregular”, es que el lugar frente a la casa de Ovelar es abierto y nada impide controlar la escena a distancia. Según el juez, no hay posibilida­des de que los uniformado­s fueran pasibles de ser emboscados. Y se pregunta: “¿De qué forma cinco funcionari­os, que en absoluta superiorid­ad numérica tenían todas las posibilida­des de reducir al incapaz que en estado de exaltación corría hacia ellos con un bidón como ‘arma’ terminan ultimándol­o?”.

“Es improbable que un solitario agresor emprenda acciones contra 5 policías”.

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FALLO. El juez de lo Contencios­o, Gabriel Ohanian, consideró que hubo “exceso” en actuación policial.

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