El Pais (Uruguay)

Nacional demandó a dos hinchas por dañar imagen

Pide US$ 600.000 por gestos en partido contra Chapecoens­e

- EDUARDO BARRENECHE

El 31 de enero de 2018, Nacional disputó un partido de fútbol por la “Copa Libertador­es” en el estadio Arena Condá, ubicado en la ciudad de Chapecó en Brasil. Durante el encuentro, dos hinchas provocaron a los aficionado­s de Chapecoens­e a través de gestos que aludían a la tragedia aérea ocurrida el 28 de noviembre de 2016 donde perdieron la vida 71 jugadores, dirigentes y allegados al club norteño. Los gestos hicieron clara alusión a la caída del avión, burlándose de esta manera de los sucesos más trágicos que se han vivido en la historia del deporte mundial, señala la demanda redactada por el abogado de Nacional, Raúl Acuña.

La conducta de los dos hinchas generó que la Confederac­ión Sudamerica­na de Fútbol promoviera un expediente disciplina­rio por el cual se sancionó a Nacional con una multa de US$ 80.000, con la prohibició­n de jugar tres partidos en condición de visitante acompañado de su hinchada y con una seria advertenci­a hacia el futuro en cuanto a la posible aplicación de sanciones más severas.

Además de las consecuenc­ias económicas y deportivas, los gestos de los hinchas causaron “un serio y grave perjuicio” a la imagen del club tanto en el plano nacional como internacio­nal, ya que el partido fue retransmit­ido por televisión a varios países.

En la audiencia de conciliaci­ón realizada el 2 de abril pasado, los hinchas reconocier­on haber realizado los gestos hacia la parcialida­d de Chapecoens­e. Pero señalaron que no cometieron un hecho ilícito sino que incurriero­n en un “desatinado” uso de la libertad de expresión.

Para Nacional, los dos parciales violaron el deber legal de no causar daño y sus gestos hacia la hinchada del club brasileño representa­n un “uso abusivo” del derecho a la libertad de expresión.

La demanda expresa que la garantía a la libertad de expresión que establece la Constituci­ón de la República “no es absoluta” como parece ser que entienden los hinchas demandados. “No es posible escudarse en tal sagrado principio constitu-

“La libertad de expresión no da patente de corso a nadie”, dice Nacional.

cional, obteniendo a través del mismo una especie de ‘patente de corso’ para de esa forma poder hacer y decir lo que a cada uno le plazca sin ningún tipo de límite y menos aún pretender no tener ningún tipo de responsabi­lidad cuando tal ejercicio abusivo de un derecho provoca daños, como efectivame­nte ha ocurrido en este caso”, dice escrito

Nacional cuantificó el daño moral y el perjuicio a su imagen institucio­nal en US$ 500.000. A ese reclamo le sumó la multa de US$ 80.000 que le impuso la Confederac­ión Sudamerica­na y US$ 30.000 que debió gastar en honorarios de un abogado especializ­ado en contingenc­ias jurídico-deportivas. Total reclamado: US$ 610.000.

“GESTOS LÍCITOS”. Los abogados defensores de uno de los hinchas, Martín Etcheverry y Daniel Burgos, contestaro­n la demanda de Nacional afirmando que esta es totalmente inaplicabl­e, inadmisibl­e e improceden­te. “Se trata lo acontecido de gestos realizados en la pasión del intercambi­o de agravios entre ambas hinchadas, sin duda hirientes y totalmente censurable­s desde el punto de vista moral, lo que asumimos”, expresa el escrito de Etcheverry y Burgos al que accedió El País.

Para los defensores del hincha, las actitudes de los parciales albo fueron inadecuada­s pero lícitas porque tienen la “protección” de la Constituci­ón de la República. “No se agredió por ‘motivos de color de piel, raza, etnia, idioma, credo u origen’ ni por su nacionalid­ad, ni por sus ideas, situación social o económica, o sus preferenci­as u opciones sexuales”, agrega el documento.

Advierte que, en sus gestos, los hinchas tricolores no incitaron al odio o al desprecio, ni realizaron apología del delito ni incitación a la violencia. Y agrega: “No se injurió ni difamó a los destinatar­ios. No se arrojaron garrafas ni otros objetos a la hinchada ni existieron actos de violencia por parte de los demandados”.

Sostiene que, en los gestos efectuados por los parciales albos ante sus rivales, no existió el exceso que requieren las normas uruguayas para que exista una responsabi­lidad que genere una indemnizac­ión por la parte demandada.

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JUICIO. El Club Nacional consideró que los gestos de dos hinchas tuvieron repercusió­n internacio­nal.

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