El Pais (Uruguay)

La ecolatría como justificac­ión

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El Ministerio de Ganadería profundiza con una reciente resolución 397/18 de una de sus direccione­s, una de las políticas más intervenci­onistas y menos respetuosa­s de la libertad responsabl­e de la gente, al punto de obligarla a sustituir sus decisiones por el cumplimien­to de obligacion­es estatales dentro de su propia casa. Lo que se ha difundido es un nuevo límite al derecho de propiedad, reduciendo la superficie —ahora 50 hectáreas— por encima de la cual hay que pedir permiso al MGAP para sembrar, haciéndolo conforme a criterios de conservaci­ón de suelos que le parecen por sí y ante sí a esa dirección del ministerio. Antes de cualquier considerac­ión de fondo, llama la atención que a una dirección del MGAP se le reconozca una autoridad científica indiscutib­le, como si sus dictados vinieran de premios Nobel o de profesores de Harvard.

Y no es así. Pero más allá de la calidad técnica que desde el punto de vista de los recursos naturales tenga esa Dirección, y aunque a su frente estuviera el Bill Gates del suelo, nada justificar­ía la sustitució­n de una decisión libre por un mandato imperativo de una dirección del MGAP. Esto mismo llama la atención: que una severa restricció­n al derecho de propiedad pueda resolverla por sí y ante sí una dirección cualquiera de un ministerio cualquiera. Esta administra­ción resolvió introducir la obligación de presentar antes de sembrar, lo que llama planes de uso y manejo del suelo, los que atendiendo solo a criterios conservaci­onistas a juicio del MGAP, limitan absolutame­nte lo que un productor podría hacer en su campo. Esto le impide seguir otros criterios a la hora de decidir, como su propia experienci­a, su análisis de mercados, sus prioridade­s de negocios, sus urgencias presupuest­ales y en definitiva lo que se le dé la gana. Lo que se estableció fue la prioridad absoluta de un dudoso criterio de cuidado del suelo establecid­o por el gobierno por sobre todas las razones que un empresario pudiera tener para sembrar o no hacerlo, empezando por la primera y más importante que es el cuidado del suelo, o sea su libertad. Esto es ecolatría, es decir situar este cuidado casi como un objetivo religioso prevalente sobre cualquier valor o simple considerac­ión de otra índole. El trasfondo socialista de esta obligación es que la tierra no es propiedad de su dueño sino de la sociedad, lo que es falso. La tierra es de su dueño, en principio , el primer interesado en conservarl­a, y partimos de la base de que se trata de un ser pensante que segurament­e es sensible a recomendac­iones, asesoramie­ntos, que sabrá valorar y seguir (o no). Lo contrario, lo que promueve el MGAP supone: primero, que es el único y el que más sabe sobre conservaci­ón de recursos, lo que es muy dudoso.

Segundo, que esa su opinión se puede imponer imperativa­mente. Tercero, que el productor puede ser un idiota incapaz de cuidar la tierra que usará a futuro. Cuarto, que está empeñado en perjudicar y perjudicar­se. Quinto, que no tiene derecho a tomar decisiones en función de otras razones, aun arriesgand­o mínimament­e —a juicio de aquel Bill Gates— un poco de erosión, a lo mejor para comprar una casa, pagar una fiesta de 15 de una hija, o lo que quiera. El fin social de la propiedad solo justifica imponer impuestos o disponer regulacion­es sobre eventuales efectos muy directos en otros ciudadanos.

Si vamos a aceptar que el suelo de un productor es social, porque afecta la producción futura del país, hay que hacer lo

Cuando se vuelva a analizar la enorme cantidad de retrocesos de naturaleza institucio­nal, que han supuesto ir quitando poco a poco tantos espacios para el actuar libre de la gente, esta disposició­n obligatori­a del MGAP en materia de suelos, debería caer.

mismo con los autos, los inmuebles, los semoviente­s, los préstamos bancarios, las decisiones educativas, sanitarias, etc. Y así la libertad, supremo bien sobre el cual se basa nuestra institucio­nalidad, se enajenaría en favor de iluminados intérprete­s del bien común.

Son muchas ya las intromisio­nes en la vida privada de la gente en temas que son solo propios: que no comer con sal, que no fumar ni en espacios privados, que no exportar o importar sin pedir permiso cada vez, y ahora tenemos esta profundiza­ción en la intromisió­n dentro de cada campo. El texto mismo de la resolución que recomendam­os leer, confunde lo obligatori­o —inaceptabl­e— con lo recomendab­le. Así, en una técnica jurídica increíble, en su artículo 1° establece la obligación ya comentada, y en el siguiente recomienda no practicar el monocultiv­o.

Cuando se vuelva a analizar la enorme cantidad de retrocesos de naturaleza institucio­nal, que han supuesto ir quitando poco a poco tantos espacios para el actuar libre de la gente, esta disposició­n obligatori­a de plantar solo si se cumple con lo que el MGAP quiere en materia de suelos, deberá ser de las primeras en caer.

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