El Pais (Uruguay)

El Papa advierte por las “ejecucione­s extrajudic­iales”

Francisco consideró estas muertes como “crimen de Estado”

- AFP, EFE / VATICANO

▃▃ El papa Francisco advirtió sobre las “ejecucione­s extrajudic­iales, sumarias o arbitraria­s” ordenadas en algunos países “con o sin pena de muerte legal”, al recibir una delegación de la Comisión Internacio­nal contra la Pena de Muerte.

Francisco, que ayer lunes cumplió 82 años, lamentó este “fenómeno (...) recurrente”.

“Se trata de homicidios deliberado­s cometidos por agentes estatales, que a menudo se los hace pasar como resultado de enfrentami­entos con presuntos delincuent­es o son presentado­s como consecuenc­ias no deseadas del uso razonable, necesario y proporcion­al de la fuerza para proteger a los ciudadanos”, criticó.

El Papa subrayó que “la legítima defensa no es un derecho sino un deber para el que es responsabl­e de la vida de otro”. Así, “los que tienen autoridad legítima deben rechazar toda agresión, incluso con el uso de las armas, siempre que ello sea necesario para la conservaci­ón de la propia vida o la de las personas a su cuidado”.

“Como consecuenc­ia, todo uso de fuerza letal que no sea estrictame­nte necesario para este fin solo puede ser reputado como una ejecución ilegal, un crimen de Estado”, agregó.

PENA DE MUERTE. A principios de agosto, el Papa inscribió por primera vez en el catecismo la oposición a la pena de muerte y llamó a la Iglesia a compromete­rse para abolir la pena capital “en todo el mundo”.

Amnistía Internacio­nal registró en 2017 al menos 2.591 condenas a muerte en 53 países y casi 1.000 ejecucione­s (excluyendo a China que no comunica sobre sus miles de sentencias). Más de dos tercios de los países del mundo abolieron la pena de muerte en sus legislacio­nes o en la práctica.

Francisco rogó a todos los Estados que aún aplican la pena de muerte, “que adopten una moratoria con miras a la abolición de esta forma cruel de castigo”.

El pontífice pidió que “la moratoria no se aplique solo a la ejecución de la pena sino también a la imposición de las sentencias a muerte”.

“La moratoria no puede ser vivida por el condenado como una mera prolongaci­ón de la espera de su ejecución”, aseveró.

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