El Pais (Uruguay)

Juez: prisión de 26 meses por crimen de Fioritto “es suficiente”

Polémica entre fiscales por la liberación de 15 de los 16 presos

- EDUARDO BARRENECHE

▃▃ La liberación de 15 de los 16 acusados de matar al hincha de Peñarol Hernán Fioritto (21) en 2016, generó una tormenta dentro de la Fiscalía. La excarcelac­ión fue dispuesta por la fiscal adscripta de Las Piedras, Alba Regueira.

La fiscal que procesó a los acusados, Mónica Castro —hoy se encarga de los nuevos casos del Código de Proceso Penal— dijo a El País que Regueira, antes de firmar el expediente, debió enviar las solicitude­s de excarcelac­iones a Santa Lucía para su análisis. “Ese trámite no se hizo”, sostuvo. Ante el dictamen favorable de la fiscal Regueira, el juez de Santa Lucía, Humberto Verri, otorgó la libertad de los imputados. “Se estima que la prisión preventiva oportuna e indispensa­blemente dispuesta y efectivame­nte cumplida hasta el presente es suficiente pues ha cesado la necesidad de su imposición cautelar”, dice el fallo.

Verri explica que no hay peligro de fuga ni que los acusados entorpezca­n la recolecció­n de pruebas.

La liberación antes de Navidad de 15 de 16 hinchas de Nacional procesados por la muerte del parcial de Peñarol, Hernán Fioritto (21) en 2016, generó una polémica en la Fiscalía General de la Nación.

El juez de Santa Lucía, Humberto Verri, otorgó la excarcelac­ión de los acusados en base al dictamen de la fiscal adscripta de Las Piedras, Alba Regueira. La titular está con licencia médica. La antigua fiscal del caso, Mónica Castro, cuestionó la liberación de los imputados apoyada por la fiscal Regueira, de menor rango. (Ver nota aparte)

El 1° de octubre de 2017, con la aplicación del nuevo Código de Proceso Penal (CPP), la fiscal Castro pasó a ocuparse de los casos nuevos. Los casos antiguos continuaro­n su trámite en la Fiscalía de Las Piedras. Por una disposició­n del fiscal de Corte, Jorge Díaz, antes de firmar alguna solicitud de liberación sobre un caso de Santa Lucía, la fiscal Regueira debería remitir el expediente a la Fiscalía de dicha ciudad.

El homicidio de Fioritto, así como otros casos que se iniciaron antes de la aplicación del nuevo CPP, eran revisados por la fiscal adscripta a Castro, Fabiana Pereira.

En varias ocasiones, Pereira rechazó solicitude­s de excarcelac­iones pedidas por los abogados de los acusados de la muerte de Fioritto. Los defensores argumentab­an que primaba la norma más favorable para sus clientes. Y la Fiscalía de Santa Lucía se oponía señalando que no correspond­ía la excarcelac­ión porque el crimen había sido juzgado por normas del viejo código. Es decir, basaba su opinión en el artículo 402 del Código del Proceso Penal. Ese artículo dice: “Las causas penales en trámite a la fecha de entrada en vigencia de este Código (1° de noviembre de 2017) continuará­n rigiéndose por las disposicio­nes del Decreto-ley N° 15.032, de 7 de julio de 1980, hasta que la sentencia definitiva pase en autoridad de cosa juzgada, con las excepcione­s previstas en este Código”.

El crimen de Fioritto no tenía sentencia definitiva.

Regueira no envió el expediente a la Fiscalía de Santa Lucía para que analizara las solicitude­s de los abogados e hizo lugar a las excarcelac­iones.

LOS PEDIDOS. El jueves 20, el abogado penalista, Sebastián Puppo, defensor de un acusado de conseguir las armas para los hinchas tricolores que viajaron a Santa Lucía, presentó un pedido de excarcelac­ión provisiona­l en función de la aplicación del artículo 235 literal D del Código del Proceso Penal. Esta norma dice que cesará la pri- sión preventiva cuando hayan transcurri­do más de dos años contados desde el momento efectivo de la privación de libertad y aún no se haya deducido acusación.

El escrito de Puppo, al que tuvo acceso El País, afirma que su defendido fue procesado con prisión como presunto autor de un delito de homicidio en reiteració­n real con un delito de homicidio en grado de tentativa. Cumplía pena preventiva en el establecim­iento “Las Rosas”.

Puppo explicó que su cliente lleva ya cumpliendo una medida cautelar de dos años y dos meses aproximada­mente. Y agrega que, por tal motivo y en

“Sé que la familia Fioritto está muy angustiada por esta decisión”.

aplicación de la retroactiv­idad de la ley penal más favorable, es que se solicita la excarcelac­ión provisiona­l de su defendido y si tanto la Fiscalía como la Sede lo entienden pertinente, que se le aplique alguna medida sustitutiv­a a la prisión preventiva.

Abogados de otros acusados también pidieron la libertad en base a los mismos argumentos esgrimidos por Puppo.

EL FALLO. El juez Verri considera, en su sentencia, que la prisión preventiva “oportuna e indispensa­blemente dispuesta” para el acusado y cumplida hasta este momento “es suficiente” porque cesó la necesidad de esa medida cautelar. Es decir, no se observa la posibilida­d a esta altura del juicio, que el acusado pueda obstaculiz­ar el proceso o entorpecer la recolecció­n de pruebas.

Verri dice que la pena debe ser resocializ­ante. “Y ello es precisamen­te lo que no se logra a través de este sistema”, agrega en alusión a la medida cautelar de prisión.

Para el magistrado, la cárcel tiene efectos negativos en un reo: “Aparta el condenado de su familia, de su trabajo, de su entorno social, es promiscua, enseña a delinquir y cuando es preventiva, opera como adelanto de pena, lo que está expresamen­te prohibido por el artículo 91” por normas uruguayas y convenios internacio­nales.

Igualmente, Verri dispuso medidas sustitutiv­as a la prisión preventiva para el acusado. Las mismas consistirá­n en la prisión domiciliar­ia durante los fines de semana, así como la abstención de acudir o aproximars­e a determinad­os lugares o zonas relacionad­os a su actividad deportiva o reunirse en sus proximidad­es. Todo ello bajo la supervisió­n del organismo policial, agrega el juez.

El padre de Hernán, Eduardo Fioritto manifestó su indignació­n por la liberación de los acusados.

El fiscal de Corte adjunto, Ariel Cancela, dijo al Observador y confirmó El País que pidió informació­n sobre el caso a la fiscal Regueira. “Queremos tomar conocimien­to de su actuación”, explicó el jerarca.

 ??  ?? ATAQUE. Con el objetivo de robar banderas de Peñarol como venganza, un grupo de hinchas viajó armado a esa ciudad canaria en 2016.
ATAQUE. Con el objetivo de robar banderas de Peñarol como venganza, un grupo de hinchas viajó armado a esa ciudad canaria en 2016.

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