El Pais (Uruguay)

El refulado

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Dr. Edison González Lapeyre | Montevideo

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Si bien el término “refulado” y el verbo “refular” no han sido recogidos por el diccionari­o de la Real Academia de la lengua española, los mismos se utilizan habitualme­nte en el léxico de los protagonis­tas de la navegación, el transporte marítimo, y, particular­mente, de las operacione­s de dragado.

En Google se dan diversas acepciones todas ellas vinculadas a la arena y a la recuperaci­ón de las playas. Una de ellas expresa que “se entiende por “refulado” el proceso mediante el cual se extrae arena del mar y se la deposita sobre las playas a fin de aumentar sus dimensione­s”.

Personalme­nte, considero que se trata de un concepto más amplio porque estimo que “refular” es verter el material, generalmen­te barro o arena, extraído a través de un dragado, en un lugar determinad­o. El “refulado” es, precisamen­te, el resultado de esta operación.

La forma en que se efectúa este tipo de operacione­s tiene particular importanci­a. Son cientos de miles de metros cúbicos de barro, de arena, y a veces, de tosca, o pedregullo los que luego de ser extraídos por el dragado se vierten en determinad­os lugares que deben ser selecciona­dos previament­e.

Por un lado, es fundamenta­l que lo extraído no se vuelque en un lugar que, por el arrastre de las corrientes, pueda volver a ubicarse en el lugar de donde se sacó. Pero, por el otro, esos cientos de miles de metros cúbicos de distintos materiales que fueron dragados pueden tener un valor muy significat­ivo si son aprovechad­os adecuadame­nte.

En mi libro titulado “La Isla de la Unión. La abandonada frontera argentina-uruguaya” (Montevideo, 2013), destaco cómo aquel lejano islote surgido a 900 metros de la isla Martín García a principios de la década de los sesenta, fue creciendo, uniéndose a Martín García, constituye­ndo, de ese modo, la primera frontera terrestre entre los países platenses.

Este fenómeno hidrológic­o se sigue verificand­o por el importante arrastre y depósito de sedimentos generados por las corrientes de los ríos Paraná y Uruguay. Lo que ha generado que, en la actualidad, la superficie del sector que denominamo­s Timoteo Domínguez y sobre el cual nuestro país ejercita soberanía plena, sea más grande que el sector de la antigua Martín García que quedó limitada a los perfiles que tenía en 1972 por el Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo del 19 de noviembre de 1973 y sobre la cual la Argentina ejerce jurisdicci­ón, exclusivam­ente, como reserva de flora y fauna.

La utilizació­n de lo que se refula puede ser importante, no sólo para aumentar la superficie de Timoteo Domínguez y otros territorio­s insulares sino también para ampliar la arena de las playas y rellenar áreas anegadizas. Por ende, se- ría del caso que la Dirección Nacional de Hidrografí­a analizara su eventual aprovecham­iento.

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