El Pais (Uruguay)

Sin acuerdo por proyecto de negociació­n colectiva

Empresario­s y sindicatos cuestionan la iniciativa

- PABLO MELGAR

▃▃ El proyecto de ley que modifica algunos aspectos de la negociació­n colectiva no tiene el apoyo de las cámaras empresaria­les ni de los sindicatos. Los cambios obedecen a que hoy culmina el plazo que dio la OIT tras las denuncias que presentaro­n las cámaras empresaria­les. En tal sentido, ayer se reunió la directiva de la Cámara de Comercio con sus asesores legales y se calificó la propuesta como “incompleta e insatisfac­toria”. En los próximas días se reunirán los asesores legales de todas las cámaras para analizar los pasos a seguir. La semana próxima se pronunciar­á la central sindical.

El choque entre empresario­s, sindicatos y gobierno en la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo (OIT) no acabó. El proyecto que el gobierno presentó a último momento para evitar caer en la “lista negra” del organismo internacio­nal, no está aprobado por el Parlamento y tampoco cuenta con el apoyo necesario en el Pit-cnt y las cámaras empresaria­les.

La sala de abogados del Pitcnt se encuentra estudiando la modificaci­ón de la ley de negociació­n colectiva que remitió el gobierno al Parlamento. Se trata de cambios pautados por la Organizaci­ón Internacio­nal del Trabajo (OIT) tras una denuncia presentada por las cámaras empresaria­les y recurrida sin éxito por el gobierno.

Se estima que la central sindical se expedirá sobre el tema durante la semana próxima. Las modificaci­ones —que serán tratadas por una sesión extraordin­aria de ambas cámaras o en la próxima legislatur­a— golpean en zonas frágiles del sindicalis­mo. Una de ellas es la obligación de que cada sindicato tenga personería jurídica. Hasta el momento, el propio Pit-cnt no cuenta con esa reconocimi­ento legal.

La modificaci­ón remitida incluye aspectos centrales de la negociació­n colectiva que el Pitcnt y el gobierno han defendido con uñas y dientes desde que se aprobó la normativa en 2009. Por tanto, se espera que el sector sindical no acepte los cambios y se disponga a “dar la lucha”, según expresaron fuentes sindicales.

Mientras tanto, el sector empleador también evalúa el proyecto de ley. Anoche se reunió la comisión directiva de la Cámara Nacional de Comercio y Servicios (CNCS) con su equipo jurídico para hacer una primera evaluación de los hechos.

“Se modifica la ley pero no en todos los puntos observados por la OIT, por tanto es una solución parcial. La propuesta del gobierno es incompleta e insatisfac­toria”, señaló a El País uno de los participan­tes en la reunión.

Los empresario­s creen que las modificaci­ones no alcanzan el centro neurálgico de la norma que denunciaro­n ante la OIT.

“En la exposición de motivos el Poder Ejecutivo dice que no pretende modificar el sistema de negociació­n. Por tanto, están reconocien­do que los cambios son de tipo cosmético. De todos modos, el gobierno está reconocien­do que la ley no se ajusta al Convenio 98 de la OIT en cuyo artículo 4 que promueve la negociació­n colectiva bipartita”, dijo el informante a El País.

En los próximos días se reunirán los asesores jurídicos de las cámaras empresaria­les para analizar los pasos a seguir. Es “probable” que, de mantenerse el proyecto del gobierno, el sector empleador mantenga el reclamo ante la OIT mediante distintas acciones legales, de acuerdo a lo expresado por los representa­ntes empresaria­les.

Por otro lado, se analizó que el cumplimien­to del Convenio 98 de la OIT es “fundamenta­l” para alcanzar el acuerdo comercial Unión Europea-mercosur.

CAMBIOS. El experto laboralist­a Nelson Larrañaga Zeni explicó a El País que la exigencia de la personería jurídica responde a que se requiere de ese punto para que “cuando los sindicatos reciban informació­n confidenci­al durante la negociació­n se hagan responsabl­es por si se hace un mal uso de esos datos”.

Otro aspecto que fue modificado mediante el proyecto del gobierno es la llamada “ultraactiv­idad” de los convenios colectivos. Cuando un acuerdo salarial llega a su fin (o se extingue) comienza a regir la llamada “ultraactiv­idad”. Se trata de un principio jurídico que significa que lo pactado por las partes, más allá de la fecha de vencimient­o, rige hasta el momento en que se firme un nuevo convenio.

Larrañaga resaltó que se incorporó “una modificaci­ón importante”. El experto recordó que mientras no se modifique la norma sigue vigente la ley original.

Empresario­s: proyecto del gobierno no se ajusta al Convenio 98 de la OIT.

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Al cruce del proyecto oficial.
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SINDICATOS. Sala de abogados estudia el proyecto y dirigentes no descartan “ir a la lucha”.

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