El Pais (Uruguay)

Alertan irregulari­dades en prestacion­es a las víctimas de dictadura

TCR iba a tratar el tema, pero MEF pidió devolución del expediente

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▃▃ El Tribunal de Cuentas tenía previsto analizar esta semana una transferen­cia de dinero al MSP y a ASSE sobre el pago de las prestacion­es a los beneficiar­ios de las leyes de reparación a las víctimas del terrorismo de Estado. Pero el Ministerio de Economía pidió al Tribunal la devolución del expediente, que tenía adjuntado un informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN), que señala irregulari­dades en el cumplimien­to de estas normas. Según la AIN, el decreto reglamenta­rio de una ley de 2009 “amplía ilegítimam­ente el ámbito subjetivo de beneficiar­ios y reciben prestacion­es personas que no reúnen las condicione­s previstas por la normativa”. El diputado Martín Lema espera las respuestas del MSP y ASSE ante las conclusion­es “realmente alarmantes” del informe de la AIN. “O no quieren responder, producto de las consecuenc­ias que podría llegar a tener en un año tan especial como este, o es tal el descontrol que ni siquiera logran los datos para dar una respuesta”, confesó Lema a El País.

El Tribunal de Cuentas tenía previsto analizar esta semana una transferen­cia de dinero del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) al Ministerio de Salud Pública (MSP) y a la Administra­ción de Servicios de Salud del Estado (ASSE), para cumplir con el pago de las prestacion­es a los beneficiar­ios de una de las leyes de reparación a las víctimas del terrorismo de Estado.

Pero el martes el MEF pidió al Tribunal la devolución del expediente, que tenía adjuntado un informe de la Auditoría Interna de la Nación (AIN) de 2018, en el que se señalan irregulari­dades en el cumplimien­to de esta norma.

El diputado del Partido Nacional Martín Lema (lista 404), que espera las respuestas del MSP y ASSE a dos pedidos de informe sobre este tema, dijo a El País que insistirá ante las conclusion­es “realmente alarmantes” del informe de la AIN.

Según la AIN, el decreto reglamenta­rio de una ley de 2009 “amplía ilegítimam­ente el ámbito subjetivo de beneficiar­ios y reciben prestacion­es personas que no reúnen las condicione­s previstas por la normativa”. Y agrega: “No se puede asegurar que las personas que reciben prestacion­es sean beneficiar­ias, ni que las prestacion­es pagadas hayan sido efectivame­nte brindadas y cumplan con la calidad requerida”.

Los pedidos de informe de Lema fueron presentado­s en mayo de este año. Luego de los 45 días iniciales que tenían el

MSP y ASSE para responder, se otorgó una prórroga de 30 días, que se venció en septiembre sin que el diputado reciba las respuestas.

“O no quieren responder, producto de las consecuenc­ias que podría llegar a tener dar la respuesta en un año tan especial como este. O es tal el descontrol que ni siquiera logran los datos para dar una respuesta”, dijo Lema a El País.

LAS LEYES. En el primer gobierno de Tabaré Vázquez (2005-2010) se aprobaron las dos leyes para reparar a estas personas.

Según la Auditoría, hay dudas sobre si se cumplió con los servicios pagados.

En octubre de 2006 se aprobó la ley 18.033, que reconoció los derechos jubilatori­os y pensionari­os a los que perdieron su trabajo por razones políticas o sindicales entre el 9 de febrero de 1973 —fecha en que el Ejército y la Fuerza Aérea desconocen la designació­n del general Antonio Francese como ministro de Defensa por parte del presidente Juan María Bordaberry, preámbulo del golpe de Estado del 27 de junio de ese año—, y el 28 de febrero de 1985, el día anterior a la asunción del primer gobierno democrátic­o posdictadu­ra de Julio María Sanguinett­i.

Esta ley benefició a los que tuvieron que exiliarse y regresaron a Uruguay antes del 1º de marzo de 1985, a los que fueron detenidos o tuvieron que pasar a la clandestin­idad, y a los despedidos de la actividad privada por su militancia sindical (según el decreto 518/973 del 4 de julio de 1973).

Y en septiembre de 2009 se aprobó la ley 18.596, sobre el reconocimi­ento y reparación a las víctimas del terrorismo de Estado entre el 13 de junio de 1968 —aplicación de las medidas prontas de seguridad del gobierno de Jorge Pacheco Areco— y el 28 de febrero de 1985.

Esta ley fue reglamenta­da en octubre de 2010, bajo el gobierno de José Mujica (2010-2015). El decreto establece que tendrán derecho a recibir atención integral de salud gratuita y vitalicia en el marco del Sistema Nacional Integrado de Salud las personas amparadas por la ley 18.596 y la ley 18.033, “y los hijos y nietos de todas ellas, sean biológicos o adoptivos”.

“El decreto 297/010 amplía ilegítimam­ente los sujetos amparados en el artículo 10 de la ley 18.596, ya que incorpora como beneficiar­ios a todas las personas comprendid­as en la ley 18.033 y a los hijos y nietos del conjunto de beneficiar­ios de ambas leyes”, especifica la AIN en su estudio.

En mayo pasado, el semanario Búsqueda informó que con un presupuest­o de $ 10 millones, en 2017 fueron 1.236 las solicitude­s para ampararse a estas leyes. Desde un punto de vista financiero, agregaba, se detectaron como problemas “la falta y/o ineficienc­ia de los controles”, la “concentrac­ión de tareas que debieran estar segregadas”, así como la ausencia de procedimie­ntos competitiv­os en la adjudicaci­ón a proveedore­s de los servicios. Mientras que el MSP presentó propuestas de mejora en los aspectos de su competenci­a, ASSE hizo descargos frente a las observacio­nes de los auditores.

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AIN. El decreto reglamenta­rio amplio “ilegítimam­ente” los beneficiar­ios de las leyes de reparacion­es.

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