Fallo de la Corte Suprema abre la puerta para que Lula sea liberado
Decide por 6 a 5 que la condena a prisión solo en segunda instancia es inconstitucional
La Corte Suprema de Brasil decidió ayer jueves que la prisión de una persona condenada solamente en segunda instancia es inconstitucional, lo que puede llevar a liberar a miles de presos, entre ellos el expresidente Luiz Inácio Lula da Silva.
Las deliberaciones del Surpemo Tribunal fueron seguidas con enorme expectativa no solo en Brasil, sino en todo el mundo porque incluyen el caso de Lula, que además de los aspectos jurídicos, tiene amplias repercusiones políticas.
En la última elección presidencial, Lula no pudo ser candidato por el Partido de los Trabajadores debido al procesamiento con prisión.
El hecho de salir de la prisión ahora no significaría el fin de los problemas judiciales de Lula, pues tiene pendientes otras causas por presunta corrupción, aunque aún si fuera declarado culpable, la pena sólo se ejecutaría cuando acabe el proceso de apelaciones.
También ya acumula otra condena a doce años por otro caso, pero hasta ahora fue dictada solamente en primera instancia.
La decisión, adoptada por un ajustado resultado de 6 votos frente a 5, fue la conclusión de un complejo juicio en el que el tribunal alteró finalmente una jurisprudencia establecida en 2016, según la cual un condenado en segunda instancia ya podía ingresar a prisión, aún con apelaciones pendientes en otros dos tribunales superiores.
Sin embargo, según la decisión adoptada ayer, una pena de prisión sólo podrá ejecutarse cuando acabe todo el proceso de apelaciones, que en el caso de Lula, en la cárcel desde abril de 2018 y condenado a ocho años, aún contempla un último recurso, ya presentado y aún no juzgado en la propia Corte Suprema.
En una situación similar, con apelaciones aún a la espera de una resolución, se calcula que están cerca de 5.000 presos por los más diversos delitos, entre los cuales figuran 38 políticos y empresarios condenados por la operación anticorrupción Lava Jato, que llevó a Lula a la cárcel, de acuerdo con lo que indicó el Ministerio Público Federal.
Según la decisión, que no valdrá para delitos violentos juzgados en tribunales populares, cada uno de esos casos deberá ser analizado individualmente y una vez que los abogados de cada recluso pidan una revisión, que en el caso de Lula pudiera no ser inmediata.
DESEMPATE. La votación en la Corte había quedado empatada 5 a 5, pero la postura del presidente Dias Toffoli, quien fue el último en expresarse y en votar, destrabó la situación.
El alegato más firme en favor de la decisión que se ha adoptado fue formulado por el magistrado Gilmar Mendes, quien sostuvo que la decisión de 2016, que permitió la ejecución de la pena después de la segunda instancia, “institucionalizó”
lo que calificó de “prisión preventiva de carácter permanente”.
Según Mendes, “se consagró como un mantra la ejecución anticipada de la pena, cuando era apenas una posibilidad”, y hoy cerca de 5.000 personas están en la cárcel por los delitos más diversos, pese a que aún pueden apelar y ser declarados inocentes.
Mendes afirmó que “el caso de Lula es emblemático” y que, así como “mostró que todo el sistema jurídico funciona mal”, también “contaminó el debate” y alentó a mantener la “inconstitucionalidad” que supone llevar a prisión a una persona cuando no se ha cumplido con todo el proceso de apelaciones que la Constitución establece.
El magistrado Celso de Mello, decano del tribunal, coincidió con Mendes y subrayó que “el Estado no puede actuar de forma abusiva” y debe restringirse a “los límites que la Constitución impone”.
En ese marco, subrayó que el texto constitucional brasileño “es claro” y dice que la pena de prisión sólo se cumplirá una vez que un proceso complete el llamado “tránsito en juzgado” (”cosa juzgada” en español), que es cuando ya no hay apelaciones posibles.
“De esa manera se garantiza en su totalidad el principio de la prescripción de inocencia”, sostuvo Mello. (Con información de EFE y O Globo-gda)