Hasta el 26 se justifica el no haber votado
▃▃ Hasta el próximo 26 de diciembre inclusive hay tiempo para que puedan justificar el voto en la Corte Electoral los que no hayan ido a sufragar en las elecciones nacionales y/o el balotaje, que llevó a Luis Lacalle Pou a la Presidencia.
Los que no votaron pueden ampararse en la Ley N° 16.017-Capítulo II que da la posibilidad de pagar una multa. La misma tiene un costo de 1 Unidad Reajustable (UR), equivalente a $ 1.199, según el cambio actual en caso de ser la primera vez. Ese monto aumentará a 3 UR por cada una de las siguientes ocasiones.
Las multas establecidas se duplicarán en el caso de que las personas que no voten sean profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República o que sean funcionarios públicos.
MÁS CONSECUENCIAS. En el artículo 13 de la ley Nº 13.882 se prevé no podrán: -Otorgar escrituras públicas, salvo testamentos y la provenientes de ventas Judiciales. En este último caso la excepción no rige para el comprador.
-Cobrar dietas, sueldos, jubilaciones y pensiones de cualquier naturaleza, excepto la alimenticia. -Percibir sumas de dinero que por cualquier concepto les adeude el Estado (Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, Municipio, Entes Autónomos y Servicios Descentralizados). -Ingresar a la Administración Pública. Esta prohibición no será subsanada con el pago de la multa prevista en el artículo 10 de la presente ley. -Inscribirse ni rendir examen ante cualesquiera de las facultades de la Universidad, ni Institutos Normales, ni Institutos de Profesores.
No se cobrará multa a las personas que padecen enfermedad, invalidez o imposibilidad física y que les impidió ir a votar. En ese caso, deberán presentar certificado médico expedido por el médico tratante (con timbre profesional) o por un médico dependiente del Ministerio de Salud pública ante la Junta Electoral que corresponda.
Si por hallarse fuera del país el titular de la credencial no puede trasladarse para realizar la justificación podrá presentarse un tercero en su nombre.