El Pais (Uruguay)

Hasta 500 mil dólares por mala praxis

Según fallo, hubo mala praxis médica; indemnizac­ión rondaría US$ 500.000

- EDUARDO BARRENECHE

▃▃ La Justicia concluyó ayer que ASSE deberá pagar a Blanquita Filippini (14) y a su familia una indemnizac­ión de US$ 157.200 por un error de diagnóstic­o en la atención de la menor en el Hospital de Salto, en 2009.

Blanquita ingresó por una apendiciti­s en tres ocasiones. En una de ellas fue atendida por una practicant­e que la envió a la casa, lo cual agravó el cuadro. El abogado de Filippini, Pablo Perna, dijo que la indemnizac­ión podría llegar a US$ 500 mil con intereses y actualizac­iones.

Se trata de un clásico caso de mala praxis que terminó en un reclamo judicial millonario. El juicio en primera instancia, en forma inusual, duró diez años.

“El proceso nunca se detuvo. Los atrasos se debieron a chicanas jurídicas presentada­s por ASSE”, dijo a El País el abogado de Blanquita Filippini (14), Pablo Perna.

La sentencia de la jueza civil Lorena García, fechada en el día de ayer, consideró que existió responsabi­lidad médica por diagnóstic­o tardío de una apendiciti­s que impidió que Blanquita tuviera la chance de recibir una mejor atención en el marco de su gravedad. Es decir, si Blanquita hubiera tenido un diagnóstic­o correcto no habrían sido necesarias las amputacion­es para salvarle la vida.

La Justicia le otorgó a Blanquita una indemnizac­ión de US$ 24.000 por concepto de daño moral y US$ 91.000 por daño emergente futuro. Los padres de Blanquita recibirán US$ 9.600 cada uno y sus cinco hermanos percibirán en forma individual la cifra de US$ 4.500 por daño moral. Monto total de la indemnizac­ión: US$ 157.200.

A ese monto se le debe sumar el lucro cesante —lo que podría percibir Blanquita hasta su fallecimie­nto—, lo que se fijará en otro proceso incidental.

Según Perna, la cifra de la indemnizac­ión podría alcanzar los US$ 500.000 con los intereses legales y las actualizac­iones desde 2010 a la fecha.

En 1999, Blanquita, entonces de tres años, fue atendida en tres ocasiones en el Hospital de Salto. En la primera se le diagnostic­ó una gripe. En la segunda la revisó una practicant­e y la envió a la casa. En la tercera consulta, un médico detectó que el cuadro era de una apendiciti­s y ordenó la cirugía en forma urgente. Al llegar al quirófano, el médico constató que la niña sufría de una infección generaliza­da. Hubo responsabi­lidad médica, según el fallo.

Para salvarle la vida, el médico debió amputarle a Blanquita las dos piernas, el antebrazo izquierdo y dos dedos.

CHICANAS. El expediente del caso Blanquita nunca se detuvo. Uno de los motivos de la demora de una década es que había varios médicos citados para declarar como testigos. Los profesiona­les no concurrían al Juzgado Civil de Salto y debían ser citados nuevamente. Es decir, la etapa de declaracio­nes llevó mucho tiempo.

En la segunda etapa se diligencia­ron las pericias. Perna solicitó una análisis técnico para determinar si existía o no responsabi­lidad médica. Tras un sorteo, varios peritos no aceptaron el nombramien­to.

Esa primera pericia resultó favorable a Blanquita Filippini. Los abogados de ASSE la impugnaron. Pasó un año solo para determinar si esa pericia se hacía lugar o no.

Posteriorm­ente, ASSE solicitó una pericia a cinco cátedras de la Facultad de Medicina. Ello también generó demoras porque la Facultad de Medicina envió los nombres de los posibles peritos y en algunas ocasiones éstos no estaban completos.

Ello provocó que la Justicia debiera enviar otros oficios a dicha facultad, según Perna.

Varios de los peritos de la facultad no aceptaron. Otra vez la Justicia debió hacer sorteos.

“En lo que más se demoró en el juicio fueron las pericias”, dijo el abogado de Blanquita.

Por el caso pasaron cinco jueces. Ello determinab­a que cada magistrado llegaba al Juzgado Civil de Salto debía leer el grueso expediente desde cero.

Fallo dice que existió responsabi­lidad médica por no detectar apendiciti­s.

Hoy el expediente tiene cerca de 4.000 folios.

Según Perna, otro motivo de la demora del expediente fue el hecho de que los abogados de ASSE incurriero­n en chicanas jurídicas para frenar lo máximo posible el juicio.

“¿Cuándo es el momento procesal para impugnar una pericia? Cuando nombra al perito. ASSE no lo hacía. Impugnada la pericia cuando se enteraba que ésta era desfavorab­le para sus intereses. Está en su derecho, pero es una clara chicana”, dijo el profesiona­l.

Perna afirmó que otro ardid jurídico utilizado por ASSE para dilatar el juicio fue llamar a declarar a todo el personal médico y no médico que estaba en el Hospital de Salto cuando fue atendida Blanquita en tres días.

MALA PRAXIS. Con respecto a la actuación de ASSE, la jueza Lorena García consideró que el caso se enmarca dentro de una responsabi­lidad contractua­l en tanto “existía una obligación legal” del organismo de dar asistencia médica a Blanquita.

Y existe de parte de ASSE una responsabi­lidad extracontr­actual con los familiares directos de Blanquita, ya que sufrieron un “padecimien­to espiritual” por los daños causados a la menor.

La jueza García analizó la actuación de los médicos que atendieron a Blanquita en tres oportunida­des en marzo de 2009 para determinar si incurriero­n en mala praxis o no.

La magistrada entendió que en la primera y la tercera intervenci­ón médica no se cometieron errores.

Sí consideró que el Estado no actuó en forma debida en la segunda consulta donde Blanquita fue atendida por una practicant­e, la que no detectó que la menor tenía los síntomas de una apendiciti­s y la envió a la casa sin consultar un médico de guardia.

“Debe cuestionar­se qué garantías existen en la valoración realizada por una practicant­e, sin perjuicio de su conocimien­to técnico como estudiante de último año de la carrera, con experienci­a baja con dificultad­es para la detección de una apendiciti­s”, dice la sentencia de la jueza García.

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REHABILITA­CIÓN. Blanquita Filippini debió acostumbra­rse a usar prótesis para poder ir al liceo.

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