El Pais (Uruguay)

Lavado: coalición acordó cambios para evitar el fraccionam­iento

Igual en ley de urgencia se mantiene “el objetivo” de “racionaliz­ar” controles

- MATHÍAS DA SILVA

Los partidos de la coalición de gobierno acordaron realizar algunos cambios en el artículo de la ley de urgencia que modifica la ley antilavado de 2017, luego de haber recibido a diversos actores —expertos, exjerarcas y colectivos de profesiona­les— en la Comisión del Senado que analiza el proyecto.

Así lo informó a El País la senadora del Partido Nacional, Graciela Bianchi, quien aclaró que “el objetivo” que se persigue “es el mismo” que en el texto inicial: “avanzar hacia un mayor control del lavado de activos pero desde el Estado, porque eso no puede recaer en los agentes no financiero­s” como escribanos o contadores.

La modificaci­ón planteada a la ley antilavado establece que en todas las operacione­s cuyos pagos se realicen a través de institucio­nes reguladas por el Banco Central (BCU) —como bancos, financiera­s y casas de cambio, entre otras— “se considerar­án aplicables las medidas simplifica­das de debida diligencia”.

Esto último refiere a los tres niveles —diligencia simplifica­da, normal e intensiva— de control que fijan las recomendac­iones internacio­nales en función del riesgo de cada cliente, que deben ser tenidos en cuenta por los sujetos obligados a reportar operacione­s sospechosa­s. Esta tarea debe ser realizada por todas las entidades financiera­s, así como también por agentes no financiero­s como inmobiliar­ias, casinos o profesiona­les (abogados, contadores y escribanos) cuando actúan en nombre de sus clientes, entre otros.

“Nosotros lo que preferimos, y esto está dentro de una política de Estado, es que todo lo que pase por el sistema financiero que es controlado por el BCU, nos brinde una certeza de que fue controlado (a la hora que el dinero se utiliza en una operación). Si yo como escribana tengo un estudio, no puedo sola investigar, no es lo mismo que lo haga un banco privado que tiene la infraestru­ctura para eso”, dijo Bianchi.

Tanto al comparecer ante la Comisión como en análisis previos que publicó El País, la disposició­n incluida en la ley de urgencia había sido cuestionad­a por el abogado especializ­ado en normas antilavado Leonardo Costa, el consultor y experto en la materia Ricardo Sabella, y el exsecretar­io antilavado Daniel Espinosa.

Al acudir al Parlamento días atrás, el actual secretario antilavado Jorge Chediak expresó que

Bianchi: “no es lo que queremos atenuar los controles, sino racionaliz­arlos”.

la nueva disposició­n “no deroga para nada la obligación de hacer el análisis de riesgo”, sino que se “estaría creando una suerte de presunción simple, de bajo riesgo, en las situacione­s en las que los medios de pago vienen a través de institucio­nes financiera­s”.

Respecto a los cambios acordados con la coalición, Bianchi señaló que ahora “se dejó más clara la redacción” para evitar interpreta­ciones de que “con estos cambios lo que queremos es atenuar los controles, es al revés, lo que queremos es racionaliz­arlos”.

En ese sentido, indicó que “se profundizó el concepto de evaluación de riesgo” en la nueva redacción, y en atención a una advertenci­a hecha por Sabella,

se estableció una prohibició­n específica acerca del fraccionam­iento de dinero.

Esto último, refería a que con el cambio legal propuesto inicialmen­te era posible a la hora de comprar un inmueble por ejemplo por US$ 500.000, hacerlo con depósitos de US$ 100.000 en distintos bancos —todos justificad­os con igual documentac­ión—. Ahora “se especificó que no se puede abonar con medios de pago de distintos bancos” cuando la operación supere un millón de Unidades Indexadas (UI), unos US$ 100.000.

Con ese límite “quedan prácticame­nte por fuera todos los bienes inmuebles, porque son muy pocos por debajo de ese valor”, así como también la mayor parte “de los autos de alta gama”, por lo que “nos pareció una cifra razonable”, señaló la senadora. Agregó que esto “no es para que desaparezc­a el control del agente no financiero, solo que cuando son menos de US$ 100.000 se considera que el riesgo es menor para el lavado”, aunque en caso de tener algún indicio el sujeto obligado deberá intensific­ar el control.

CONTADORES. El viernes pasado, al comparecer ante la Comisión del Senado, la presidenta del Colegio de Contadores (Cceau), Cristina Freire, dijo que apoyan el cambio legal porque brinda “un poco de lógica a todas las obligacion­es que se nos fueron imponiendo”.

A su vez, descartó que la modificaci­ón vaya en contra de las recomendac­iones internacio­nales: “nosotros siempre, en todas nuestras acciones, reportes, y en todo lo que hacemos, nos basamos en un análisis del riesgo; este es nuestro buque insignia. Siempre se respetan, desde el punto de vista técnico, las recomendac­iones del GAFI (organismo internacio­nal que coordina las acciones antilavado) y así se mantienen, aún con la modificaci­ón propuesta en el articulado de la LUC”.

“Para decirlo más a la uruguaya, si tengo sospechas de que en una transacció­n hay un capital que puede provenir del narcotráfi­co o de un país que está, digamos, dentro de la zona negra, obviamente, esto enciende la alerta. No importa para nada el monto. Esa alerta provoca que hagamos una debida diligencia intensific­ada y, además, el reporte”, agregó Freire.

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LÍMITE. No se podrá pagar con distintos depósitos bancarios en operacione­s de más de US$ 100.000.

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