El Pais (Uruguay)

Allanamien­to nocturno

-

El Ministro del Interior Jorge Larrañaga volvió a poner sobre la mesa la cuestión de los allanamien­tos nocturnos, apoyado en el reiterado reclamo de la policía de que los vendedores de pasta base trabajan de noche en casas de familia para ampararse de la prohibició­n constituci­onal que impedía allanar.

Es curioso cómo esta disposició­n de prohibició­n de allanar una casa de noche ha logrado sobrevivir hasta estos días.

Veamos. En cuanto a su origen, tiene que ver con lo que significab­a la oscuridad en la mayoría del Uruguay de mediados del siglo XIX. La silueta humana apenas podía divisarse y no había forma de saber quién golpeaba la puerta sin luz solar. En ese momento y en esas condicione­s, era frecuente que las constituci­ones de los países trajeran consigo la prohibició­n expresa de ingresar al hogar durante la noche.

No cabe duda de que esta disposició­n es hoy, en pleno siglo XXI —evidenteme­nte— obsoleta y anacrónica, tan así es que en los últimos 10 años ingresaron al parlamento al menos tres proyectos de ley que buscaban reformar esta prohibició­n, todos de partidos políticos distintos.

En 2012 el entonces diputado frenteampl­ista Walter de León propuso sancionar una ley interpreta­tiva de la Constituci­ón en la que quedase claro que el lugar donde se vendía pasta base debía ser considerad­o un comercio y no un hogar.

En 2016 el entonces senador colorado Pedro Bordaberry insistió con el tema y en 2018 Jorge Larrañaga lo agregó en el marco de su propuesta de reforma constituci­onal. A su vez, el expresiden­te José Mujica y el Fiscal de Corte Jorge Díaz se manifestar­on favorables a la iniciativa.

El único de estos proyectos que llegó a ser votado por la ciudadanía y no se aprobó es el de la reforma “Vivir sin miedo”, pero estoy convencido de que esa negativa tuvo que ver con el resto de los puntos de la reforma (otros tres), porque si la misma hubiese versado exclusivam­ente sobre la habilitaci­ón de los allanamien­tos nocturnos hubiera sido sobradamen­te aprobada. Basta ver el inusitado respaldo que la iniciativa recoge en todo el espectro político. Incluso, las negativas que este punto en particular recibió durante la última campaña electoral tuvieron mucho más fundamento electoral que sustento de fondo, más vinculadas a quién

Es el juez quien decide si hay elementos para ordenar la medida y en qué condicione­s.

propone y en qué contexto, que a su contenido.

Ahora bien, sobre un eventual recorte de garantías que este cambio pudiese producir, está claro que quien brinda garantías al ordenarse un allanamien­to es el juez competente, no son el día ni la noche. Es el juez quien debe valorar si hay elementos para ordenar el allanamien­to e incluso en qué condicione­s.

Las cosas como son, contar con la herramient­a del allanamien­to nocturno no es la panacea y no va a solucionar mágicament­e nuestra acuciante situación en materia de seguridad pública, pero es una herramient­a útil que la policía reclama y que —hoy— en pleno siglo XXI, no existe argumento alguno para negársela.

Habrá que ver cuál es la vía jurídica más adecuada, podrá ser una ley interpreta­tiva, una ley constituci­onal o una reforma; pero está claro que la iniciativa debe partir del Parlamento y respaldada por todos los partidos

 ??  ??

Newspapers in Spanish

Newspapers from Uruguay