El Pais (Uruguay)

Gana juicio y cobrará $ 1.219.000

Sentencia inusual incluye pago por prisión domiciliar­ia

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▃▃ El Tribunal de Apelacione­s Civil de 5° Turno falló a favor de la demanda realizada por el extupamaro Héctor Amodio Pérez por la prisión indebida sufrida en 2015.

Los abogados Andrés Ojeda y Fernando Posada presentaro­n un reclamo contra el Poder Judicial en 2018. Al año siguiente, el juez de lo Contencios­o Administra­tivo Gabriel Ohanian amparó parcialmen­te la demanda de Amodio y condenó al Poder Judicial al pago de $ 2.196.000 por concepto de prisión indebida y la cantidad de US$ 25.000 por honorarios profesiona­les.

La Suprema Corte de Justicia apeló el fallo de Ohanian argumentan­do que la prisión domiciliar­ia no es una especie de prisión preventiva y que, por ende, no es ajustado a Derecho condenar al Estado a resarcirla. Es decir, entendió la Corte, solo se debe indemnizar a Amodio por los 24 días de encarcelam­iento en Cárcel Central y no por los 360 días que estuvo bajo el régimen de prisión domiciliar­ia.

Y rechaza que el procesamie­nto de Amodio en 2015 le hubiera causado un perjuicio.

El Poder Judicial sostuvo que el daño moral establecid­o por Ohanian “excede” los parámetros jurisprude­nciales y resulta “desproporc­ionado” consideran­do las caracterís­ticas del caso.

Ahora la sentencia del Tribunal, firmada por los ministros Luis María Simón, Analía

El fallo otorga una indemnizac­ión de $ 3.000 por día de prisión domiciliar­ia.

García Obregón y Loreley B. Pera, decidió revocar parcialmen­te la decisión del juez Ohanian abatiendo en forma considerab­le el daño moral y desestiman­do el pago de honorarios profesiona­les.

El Tribunal de Apelacione­s le dio la razón a Ohanian sobre que la responsabi­lidad por prisión indebida abarca también el encarcelam­iento de una persona en su casa.

Y explica que el instituto de la prisión domiciliar­ia parte de la base de que determinad­as circunstan­cias personales reclaman la necesidad de que la reclusión preventiva se cumpla en la casa. Y agrega que ello “no significa” que su naturaleza sea diferente a la prisión en una cárcel, ya que la nota está dada por la privación de la libertad ambulatori­a del procesado mientras se desarrolla el juicio.

El tribunal tuvo en cuenta la edad de Amodio, su domicilio en el extranjero durante años, el procesamie­nto que sufrió y los resultados de una pericia psicológic­a para establecer una indemnizac­ión de $ 1.2010.00.

Esta suma equivale a $ 4.000 por cada día de los 24 de detención en Cárcel Central y $ 3.000 por cada una de las 338 jornadas de prisión domiciliar­ia.

El Poder Judicial presentó una casación.

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