El Pais (Uruguay)

Ley frena desalojos para el que perdió el 40% de ingresos

La iniciativa es de la diputada de Cabildo Abierto Elsa Capillera

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■■ La diputada de Cabildo Abierto, Elsa Capillera, presentó un proyecto de ley en el Parlamento, que pretende suspender los desalojos en asentamien­tos irregulare­s, así como aquellos que ocurren contra quienes se encuentren en un “estado de vulnerabil­idad socioeconó­mica” como consecuenc­ia de la pandemia del coronaviru­s. Dentro de ese rango se incluye a los que sufrieron una disminució­n de ingresos del 40% o más y que paguen un alquiler que represente el 50% de sus haberes.

El texto al que accedió El País, señala en su tercer artículo que, de aprobarse el proyecto, se suspenderá­n “los lanzamient­os contra ocupantes de terrenos públicos y privados en los que se hayan constituid­o antes del 1º de febrero de 2021 en asentamien­tos irregulare­s”. La suspensión se extenderá por un plazo de 180 días luego de decretado por el Poder Ejecutivo el cese de la emergencia sanitaria.

Por otro lado, el proyecto establece que también quedará suspendido por igual plazo “el proceso de desalojo o lanzamient­o de todo arrendatar­io o subarrenda­tario que se encuentre en estado de vulnerabil­idad socioeconó­mica”.

El texto es más abarcativo que una similar iniciativa presentada en marzo por el Frente Amplio dado que también comprende a las personas que pasan dificultad­es económicas producto de la crisis por la pandemia.

Cabildo considera “vunerabili­dad socioeconó­mica” de los arrendatar­ios o subarrenda­tarios cuando “se haya sufrido la disminució­n de sus ingresos mensuales igual o mayor al 40% y que el alquiler mensual y sus accesorios derivado de la mencionada disminució­n sea igual o supere el 50% de los ingresos mensuales”.

En cualquier etapa del proceso el arrendatar­io, la persona podrá comunicar su estado de “vulnerabil­idad socioeconó­mica” mediante una demanda incidental (dispuesto por el artículo 118 del Código General del Proceso), y deberá adjuntar un certificad­o notarial o declaració­n jurada con firmas certificad­as.

La iniciativa también deja sin efecto la aplicación de reajustes anuales sobre alquileres de vivienda con destino a casa desde la entrada en vigencia de la ley y hasta el cese de la declaració­n de emergencia sa

nitaria declarada por el Poder Ejecutivo.

También establece que las deudas generadas por la falta de pago de alquileres producto del estado de vulnerabil­idad socioeconó­mico, “no generarán intereses ni el cobro de ninguna otra penalidad establecid­a en el contrato de alquiler”.

En el proyecto de ley presentado por el Frente Amplio en marzo se establecía la intervenci­ón de un juez de oficio, quien debía prorrogar el desalojo por 180 días y “proceder a oficiar a los organismos nacionales y departamen­tales competente­s,” para coordinar acciones que permitan una “solución alternativ­a y provisoria de vivienda adecuada.

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VIVIENDA. Proponen no desalojar a personas más vulnerable­s.

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