El Pais (Uruguay)

Cálculos erróneos, sin querer o no...

- Memorioso | Montevideo

Hace muchos años, cuando por primera vez un grupo de jubilados recurrió contra el IRPF de sus pasividade­s, la Suprema Corte dictaminó a favor de tal reclamació­n, ya que se violaba groseramen­te el Art. 67 de la Constituci­ón de la República, que lo prohíbe expresamen­te.

Frente a ello, el gobierno de la época, un breve tiempo después, inventó el IASS para sustituirl­o; que al ser tratado nuevamente por la Corte, esta vez con un cambio en su integració­n, declaró constituci­onal esta nueva Ley que en su contenido era similar a la anterior.

Imaginemos que un delincuent­e es juzgado por la Justicia y se le halla culpable y poco tiempo después, se presenta con otro nombre y apellido para declararlo ahora inocente. Parecería no tener visos de seriedad el nuevo dictamen...

Y si se suma a estos 13 años de ilegalidad­es (4.7.08) agregando otra ilegalidad por efecto de la Ley 18.396 del 11.11.08, sobre una Caja para estatal vinculada al mundo financiero, donde sus pasivos, luego de aportar hasta 45 años ininterrum­pidos, mes a mes, sin corte alguno y sin siquiera acercarse en su enorme mayoría a ingresos de legislador­es, son castigados con 3 o 4 impuestos incluido el Fonasa y la Ley Covid-19. Todos calculados sobre el nominal; quiere decir que las tasas son más altas de lo que dictan las leyes.

¿Será que las autoridade­s económicas no se dan cuenta de este atropello? ¿Será que los procedimie­ntos desleales de administra­ciones anteriores son imitados?

Quienes deberían llamar la atención de esto no dicen nada, pese a que durante años se colaboró con sus cláusulas sindicales.

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