El Pais (Uruguay)

Subsidios por contratar jóvenes, mujeres y mayores de 45

Subsidios a empresas que contraten jóvenes, mujeres, mayores de 45 años

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El mercado laboral ya venía con problemas desde 2015 y “la situación se agravó” por la pandemia del COVID19 (que generó restriccio­nes de movilidad), “con fuertes afectacion­es más permanente­s al empleo en varios sectores de actividad cuyo funcionami­ento fue afectado por la emergencia sanitaria, tales como el turismo, las actividade­s culturales, deportivas y educativas”, sostiene el gobierno en la exposición de motivos de un proyecto de ley al respecto.

“Este deterioro del mercado de trabajo es general pero afecta de manera desigual a sectores con dificultad­es estructura­les para acceder al mercado de trabajo: los jóvenes que buscan trabajo por primera vez y los mayores de 45 años que han perdido sus empleos. A su vez, entre estos, las mujeres presentan una dificultad adicional de acceso al empleo. También ocurre lo mismo con las personas con discapacid­ad que poseen una muy baja tasa de inserción laboral, a pesar de las normas existentes que exigen la contrataci­ón de un determinad­o porcentaje de personas con discapacid­ad tanto en el sector público (ley 18.651) como en el privado (ley 19.691)”, añadió.

Por ello, “el proyecto procura facilitar, a través de incentivos y subsidios, el acceso a una actividad laboral remunerada ya sea por cuenta propia o ajena” de jóvenes entre 15 y 29 años, mayores de 45 años y personas con discapacid­ad, “adoptando además un sesgo de discrimina­ción positiva en favor de las mujeres”, aseguró.

“Algunas de estas herramient­as han venido siendo aplicadas con escasa cobertura y poco impacto en relación con los fines para los que se crearon”, agregó el gobierno.

Para los jóvenes de 15 a 29 años se establecen cinco modalidade­s: “(a) subsidio temporal para contrataci­ón de jóvenes desemplead­os, (b) contratos de primera experienci­a laboral, (c) práctica laboral para egresados, (d) trabajo protegido y (e) prácticas formativas” (ver aparte).

A su vez, hay dos modalidade­s para los trabajador­es mayores de 45 años: “la primera es un beneficio para trabajador­es de esa edad en situación de desempleo, para aquellos que se encuentran en situación de desempleo continuo por más de 12 meses o discontinu­o de 15 meses en 24 meses” y la de “trabajo protegido” para la que “el trabajador mayor de 45 años en situación de desempleo deberá pertenecer a hogares con ingresos por debajo de la línea de pobreza establecid­a por el INE”, explicó el proyecto (ver aparte). Actualment­e la línea de pobreza se ubica en $ 16.724 en Montevideo, $ 10.862 en el Interior urbano y $ 7.334 en el Interior rural.

Para las personas con discapacid­ad hay un programa para aquellos “en situación de desempleo continuo de más de 12 meses o discontinu­o de 15 meses en 24 meses”.

En todos estos programas, las empresas “no podrán ser deudoras del Banco de Previsión Social, la Dirección General Impositiva o el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social”, “el porcentaje de trabajador­es subsidiado­s no podrá superar el 20% de la plantilla de trabajo de la empresa por cada grupo social beneficiar­io. Tampoco el empleador podrá haber despedido o enviado trabajador­es al seguro de paro en los 90 días previos a hacer uso del subsidio ni durante la duración del subsidio a trabajador­es de la misma categoría laboral de los que se contraten”, estableció el proyecto. “También se establece la prohibició­n para el empleador de contratar trabajador­es con los que exista un cierto grado de parentesco”, agregó.

A su vez, “el plazo mínimo de contrataci­ón para cualquiera de las modalidade­s será de seis meses. Dependiend­o del plazo de contrataci­ón, podrá acordarse un período de prueba de duración variable, a saber: 45 días para los contratos de entre seis y ocho meses de duración; 60 días para los contratos de nueve a 11 meses de duración; 90 días para los contratos de 12 o más meses”.

Por otro lado, “se le otorga la facultad al Estado para formular programas crediticio­s y de asistencia técnica para aquellos emprendimi­entos iniciados por jóvenes, personas mayores de 45 años o personas con discapacid­ad que no tengan más de dos años de iniciados. También se extiende a cooperativ­as integradas por estos grupos sociales beneficiar­ios”.

¿Cuánto prevé destinar el gobierno a estos subsidios para contrataci­ón de jóvenes, mayores de 45 años y personas con discapacid­ad? El proyecto “establece un monto anual de $ 730 millones (US$ 16,7 millones) para el año 2021 y de $ 704 millones (US$ 16,1 millones) para el año 2022”.

Ese dinero saldrá del Instituto Nacional de Empleo y Formación Profesiona­l (Inefop) que destinará hasta $ 250 millones de su presupuest­o correspond­iente al año 2021 y hasta $ 352 millones en 2022, lo previsto en la ley de desempleo juvenil de 2018 y Rentas Generales hasta $ 352 millones en 2022.

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MUJERES. Proyecto establece discrimina­ción positiva al dar un subsidio mayor a las empresas que contraten mujeres de hasta 29 años

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