Jubilación y retiro: edad, causales y aportes a la AFAP
Requisitos para jubilarse y distribución de los aportes en el régimen mixto
Todo trabajador, que cumpla con ciertos requisitos, tiene derecho a la jubilación. Hay distintas causales y cada una tiene exigencias diferentes. Además, hay una parte de la población que tiene un régimen mixto, que combina al Banco de Previsión Social (BPS) y a las AFAP. También hay personas que aportan a las cajas paraestatales.
Las personas pueden retirarse por distintas causales. Si son trabajadores de industria y comercio, construcción, administración pública (salvo militares y policías), rurales y servicios doméstico, pueden optar por la jubilación común. ¿Cuáles son las condiciones? Deben tener un mínimo de 30 años de aportes y 60 años de edad, indica el BPS a través de su página web.
Los trabajadores también se pueden jubilar por edad avanzada. Existe una escala que determina los requisitos de edad y años de servicio, que es la siguiente: 70 años de edad y 15 años de aportes; 69 años de edad y 17 años de aportes; 68 años de edad y 19 años de aportes; 67 años de edad y 21 años de aportes; 66 años de edad y 23 años de aportes; y 65 años de edad y 25 años de aportes, agrega el organismo.
Por otra parte, existe la jubilación por incapacidad física total. Se “adquiere cuando un trabajador presenta una incapacidad absoluta y permanente para todo tipo de trabajo”, dice el BPS. Si se tiene menos de 25 años, debe tener un mínimo de seis meses de actividad y, si se tiene más de 25 años, el mínimo es de dos años. No obstante, si la incapacidad es “a causa u ocasión de trabajo, no se requiere mínimo de dos años”. Por último, si la incapacidad es “sobrevenida luego del cese, se requiere un mínimo de 10 años de actividad, tiene que ser su única pasividad y se debe probar residencia en el país desde la fecha de cese”.
Las mujeres que se jubilen a través de las causales anteriores (común, edad avanzada e incapacidad física), a partir del 1° de febrero de 2009 computan un “año adicional de servicios por cada hijo natural nacido vivo o adoptado (siendo menor o mayor discapacitado) con un máximo de cinco”, explica.
AFAP. El descuento por aportes jubilatorios es el 15% del salario. Hay trabajadores que por su edad o nivel de ingreso deben aportar a una AFAP. Las personas se afilian en una sola empresa sin importar la cantidad de trabajos que tengan. La recaudación la realiza el BPS, quien luego se encarga de distribuirla como corresponda.
¿Cómo se distribuyen los aportes? Depende del monto de los ingresos. Los trabajadores con un sueldo menor a $ 67.564 solo aportan al BPS. Ahora, si tiene un sueldo nominal superior a $ 67.564 e inferior a $ 101.346, los aportes generados hasta la primera franja van al BPS y el excedente a la AFAP. Por otra parte, la legislación estableció una tercera franja ($ 202.693) y determinó que se está obligado a aportar hasta ese monto.
La persona puede optar por el artículo 8 de la ley 16.713, que modifica la distribución de los aportes. Quienes ganan hasta $ 67.564 pueden elegir aportar a la AFAP, dándole el 50% del ahorro, y el 50% restante va al BPS.
Algo diferente sucede si el ingreso es mayor a $ 67.564 y menor que $ 101.346. A la AFAP solo va el 50% de los aportes hasta la primera franja. El resto del dinero va al BPS.
Por último, la ley establece qué pasa con los aportes con los ingresos hasta $ 202.693. Los descuentos hasta la primera franja ($ 67.564) van al BPS, y el restante a la AFAP.
CAJAS PARAESTATALES. En el sistema previsional uruguayo también existen las cajas paraestatales.
En la Caja de Profesionales Universitarios aportan los profesionales activos que declaran ejercicio libre de la profesión y los funcionarios de la Caja. Además, los profesionales dependientes pueden elegir hacer sus aportes de manera voluntaria. El listado de las carreras incluidas está disponible en el sitio web.
Por otra parte, en la Caja Notarial aportan los escribanos públicos que ejerzan la profesión, “desempeñando efectivamente actividad notarial particular”, a excepción de funcionarios en cualquier oficina estatal. También los empleados de los escribanos, el cónyuge colaborador, el personal de las asociaciones gremiales de afiliados al instituto que tengan personalidad jurídica, y los jubilados y empleados de la caja, según la legislación vigente.
En la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias están comprendidos los bancos públicos y privados, las empresas de intermediación financiera autorizadas por el Poder Ejecutivo, el BSE, las compañías de seguros, la Bolsa de Comercio, administradoras de crédito, empresas que otorguen préstamos en forma habitual y profesional, cooperativas de ahorro y crédito, compañías que presten servicios de transporte de valores, gremiales de la actividad de intermediación financiera, empresas que sean propiedad de las instituciones anteriores que desarrollen actividades que integren la unidad técnico-económica, y al personal de la propia caja.
Las mujeres que se jubilan computan un año de aportes, por cada hijo nacido vivo.