OBLIGACIONES DE LAS AFAP HACIA LOS AFILIADOS
La ley 16.713 de seguridad social establece que la AFAP debe enviar de manera periódica, al menos cada seis meses, información al afiliado sobre el saldo de su cuenta de ahorro individual en Unidades Reajustables (UR). También tiene que informar sobre los movimientos y el valor de la UR en cada uno, la rentabilidad de la empresa, y la rentabilidad promedio y comisión promedio del régimen.