El Pais (Uruguay)

OBLIGACION­ES DE LAS AFAP HACIA LOS AFILIADOS

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La ley 16.713 de seguridad social establece que la AFAP debe enviar de manera periódica, al menos cada seis meses, informació­n al afiliado sobre el saldo de su cuenta de ahorro individual en Unidades Reajustabl­es (UR). También tiene que informar sobre los movimiento­s y el valor de la UR en cada uno, la rentabilid­ad de la empresa, y la rentabilid­ad promedio y comisión promedio del régimen.

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