Suspensión de la patria potestad e inhabilitación
Además de la pena de seis años de prisión efectiva para el agresor, la Justicia dispuso otra serie de medidas. Entre estas se encuentra la prohibición de ejercer funciones públicas o privadas en el área educativa, de la salud y todas aquellas que impliquen trato directo con niñas, niños o adolescentes, personas con discapacidad y personas mayores en situación de dependencia por un lapso de 10 años. Por otro lado, se determinó la pérdida de la patria potestad y una reparación patrimonial hacia la víctima. Esta es por un monto equivalente a 12 ingresos mensuales del condenado o, en su defecto, 12 salarios mínimos. Además, el hombre pasará a formar parte de la lista de violadores, un registro nacional para quienes cometen estos delitos, creado por la Ley de Urgente Consideración (LUC).