El Pais (Uruguay)

REGRESO DE ACTIVIDAD REAVIVA DEBATE SOBRE LA VACUNA OBLIGATORI­A

El debate sobre cuándo exigir la vacuna vuelve a raíz del retorno de algunas actividade­s

- CLARA LUSSICH

En la medida que la pandemia parece estabiliza­rse cada vez más en una zona de control, las actividade­s laborales y sociales vuelven a funcionar después de varios meses. El motivo por el que hay una vuelta a la presencial­idad en ciertos sectores se debe a un factor principal: el efecto de la vacuna contra el COVID-19. En este contexto de aparente “nueva normalidad”, la exigencia o no de la vacuna vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre la obligatori­edad.

En el universo de la salud, el debate es aún más complejo. Si un paciente va a atenderse a un hospital y tiene, por ejemplo, que ser sometido a una cirugía cardíaca, será operado por un médico que no necesariam­ente estará vacunado contra el COVID-19. Esa es la situación en todos los centros médicos uruguayos hoy, con excepción del Hospital de Clínicas, que esta semana decidió comenzar a exigir a sus funcionari­os estar vacunados.

La convivenci­a entre medidas sanitarias y medidas jurídicas, según explicó a El País el director del hospital, Álvaro Villar, “no depende una de otra”. No todas las medidas que avalan proteger la salud están amparadas por la justicia, según Villar, quien señaló que “en ningún lugar dice que los médicos deben lavarse las manos antes de operar”, pero igualmente es obligación hacerlo en cualquier institució­n médica. Esa “flexibilid­ad” en la salud es justamente en lo que se basó el Comité de Infeccione­s del Hospital de Clínicas para determinar la nueva medida.

“Por supuesto que hay medidas sanitarias en los hospitales, como por ejemplo la prohibició­n de fumar, pero si hay un paciente de salud mental que necesita hacerlo, se permite que lo haga. Las normas sanitarias siempre velan por cuidar al paciente y toman en cuenta la situación de estos. Por eso puede incluso haber determinad­as excepcione­s a normas legales”, sostuvo Villar.

No solo los funcionari­os del Hospital de Clínicas estarán habilitado­s para trabajar siempre y cuando hayan completado su esquema de vacunación contra el COVID-19, sino que la misma medida rige para los estudiante­s de Medicina que hagan sus prácticas allí. En este sentido, Villar sostuvo que “el hecho de que la vacuna no sea obligatori­a para toda la población no implica que en un hospital no se pueda exigir la vacunación”.

DERECHO DE ADMISIÓN. Según el abogado constituci­onalista Martín Risso, el hecho de que algunas institucio­nes hoy soliciten la vacunación para ingresar es “muy lógico”, en el entendido de que “son reglas que cualquier jerarca o dueño de un lugar puede adoptar”.

“Si se quiere establecer la obligatori­edad a nivel nacional de la vacuna y que los que no quieran vacunarse tengan una multa, para eso es necesario aprobar una ley. Fuera de la ley, como es nuestro caso, en cualquier lugar puede haber razones que justifique­n al dueño o al jerarca adoptar determinad­as medidas sanitarias. Es lo mismo que sucede si uno quiere entrar a un banco de gorra y lentes, porque por razones de seguridad no se permite el ingreso de ese modo”, explicó Risso.

El derecho de admisión depende, fundamenta­lmente, de criterios de “razonabili­dad”, que, según el experto, suelen ser fáciles de establecer.

Sin embargo, el abogado discrepa con los dichos de Villar sobre la relevancia de las medidas sanitarias por sobre la ley en todas las circunstan­cias. A su juicio, en algunas situacione­s como por ejemplo en la prohibició­n de las aglomeraci­ones, fue necesario hacer una ley “que nació de una preocupaci­ón sanitaria”.

Daniel Ochs, también abogado constituci­onalista, dijo a El País que dentro del estándar de conductas que se exige a los funcionari­os, sí hay “una base científica que permite exponer que el no vacunado tiene más riesgos de contagiar que el vacunado; entonces está muy bien tomar la medida que tomó el Clínicas”, porque “sabemos que es así”.

OBLIGACIÓN. Ahora bien, más allá de que algunas actividade­s comiencen a pedir la vacuna basadas en el derecho de admisión, Ochs señaló que los científico­s también podrían avalar la vacunación como obligatori­a para toda la población uruguaya si creen que es necesario para alcanzar la inmunidad de rebaño.

“Si con la cantidad de personas que ponen el brazo de manera voluntaria se llega al porcentaje necesario de personas vacunadas, no habría una razón para imponerlo porque no es necesario según el interés general de la población. Pero si se corre riesgo de la configurac­ión efectiva del efecto rebaño, el Estado no solo tiene motivos válidos para hacerlo, sino que debería imponerlo”, consideró Ochs.

La inmunóloga e integrante de la Comisión Nacional Asesora en Vacunacion­es María Moreno dijo al respecto que una vacuna es catalogada como obligatori­a a partir de cuatro indicadore­s: que proteja al individuo así como también al resto de la población en función del concepto de inmunidad colectiva; que haya una amenaza existente hacia la salud pública por la presencia de la enfermedad; que existan vacunas seguras y probadas; y que sea el principal método para reducir la transmisib­ilidad en caso de que haya otra forma de cura.

Todos los requisitos, excepto uno, se ven con claridad en la vacunación contra el COVID-19. El único que no, según Moreno, es la aprobación de las vacunas, debido a que las que hoy están en Uruguay solamente fueron avaladas para su uso de emergencia. Esto podría generar un debate, pero igualmente la obligatori­edad podría darse. La inmunóloga, sin embargo, dijo que no le consta que por hacer que una vacuna sea obligatori­a se vayan a vacunar más personas.

“Sobre la mesa están casi todas las condicione­s dadas como para una obligatori­edad. Mi duda es cómo sería el nivel de coerción para controlar quién se vacunó y quién no, además de que no sabríamos cuántas personas más realmente se podrían ir a vacunar. Creo que cuando la gente quiere hacer algo cumple con los requisitos para hacerlo; es como una forma obligatori­a indirecta”, dijo Moreno en referencia a la medida que adoptó el Hospital de Clínicas.

El planteo sobre la obligatori­edad de la vacuna contra el COVID-19 estuvo en discusión antes de que comenzara el plan de vacunación, pero el gobierno prefirió apelar a la voluntad de las personas. Sin embargo, es cierto que hay algunas vacunas que hoy son obligatori­as en Uruguay. Moreno señaló que las vacunas obligatori­as nacen del intento de las autoridade­s sanitarias, hace algunos años, de que toda la población pueda acceder a estas; la obligatori­edad se estableció “más como un derecho” que como una obligación.

“No me cabe la menor duda de que haber hecho la del COVID-19 obligatori­a al principio hubiera sido contraprod­ucente, porque había mucha incertidum­bre sobre su seguridad y su eficacia y eso podría haber generado más rechazo en la población por vacunarse con algo que acarreaba tantas dudas”, sostuvo la inmunóloga y agregó: “Hoy ya sabemos que funcionan y son muy seguras”.

Villar: “Las medidas sanitarias pueden tener excepcione­s a normas legales”. Obligar a vacunarse “hubiera sido contraprod­ucente”, consideró Moreno.

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Expertos en derecho coinciden en que es válido solicitar la vacuna como requisito para entrar a ciertas institucio­nes.
MEDIDAS. Expertos en derecho coinciden en que es válido solicitar la vacuna como requisito para entrar a ciertas institucio­nes.
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CLÍNICAS. El hospital universita­rio dio un paso a contracorr­iente.

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