El Pais (Uruguay)

“NO ES UNA TASA SINO UN IMPUESTO”

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4 de junio de este año, el estudio Brum & Costa, asesor legal de Ducsa, elaboró un informe jurídico señalando que la Tasa de Inflamable­s que cobra la IMM es inconstitu­cional. “El principal argumento a desarrolla­r es que la Tasa de Inflamable­s no es una tasa, sino un impuesto y que la IMM no tiene potestad para su creación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 297 de la Constituci­ón”, expresa el informe al que accedió El País. El documento también señala que la Tasa de Inflamable­s vulnera el principio de legalidad en materia tributaria, incumplien­do de tal manera diversas disposicio­nes constituci­onales. Y argumenta que la Tasa de Inflamable­s infringe el principio de igualdad establecid­o en la Constituci­ón de la República, en tanto grava a los contribuye­ntes que transporta­n y venden productos inflamable­s y no a otros que transporta­n y venden productos análogos.

Advierte que tanto Ducsa como Ancap pueden presentar el recurso de inconstitu­cionalidad contra la tasa. La empresa por ser contribuye­nte de dicho gravamen y el ente por ser agente de retención de esa obligación.

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