El BCU pone foco en activos virtuales
El Banco Central prevé sentar las bases para regular los activos virtuales
El Banco Central del Uruguay (BCU) emitió un comunicado sobre los criptoactivos y adelantó su plan de trabajo de cara a una posible regulación de esta industria. El objetivo es que hacia finales de este año, el Central pueda elaborar un marco claro “con vistas a sentar las bases para el tratamiento regulatorio”. El organismo afirmó que este tipo de instrumentos “pueden tener el potencial de contribuir al desarrollo y eficiencia del sistema financiero y de pagos”, pero también advirtió que se “pueden generar nuevos riesgos o exacerbar los existentes, en ausencia de una regulación específica que permita mitigarlos”.
Hacia fines de año, el BCU prevé tener un “marco claro” para avanzar en regulación.
El auge de los criptoactivos a nivel mundial ha llevado a que diferentes gobiernos pongan la lupa en esta industria y se debate —ya desde hace tiempo— si las autoridades financieras deben regularla o no y cómo hacerlo. Las realidades a nivel de países son variadas. Solo por mencionar dos casos diametralmente opuestos.
Por un lado, el pasado 7 de setiembre, El Salvador hizo historia al ser el primer país del mundo en adoptar el bitcoin como divisa de curso legal. Y en la vereda contraria, 17 días después, el Banco Central de China resolvió que todas las transacciones financieras con criptomonedas son ilegales.
La gran mayoría de los distintos reguladores financieros del mundo comparten una posición más cautelosa y menos extremista. En este sentido, el Banco Central de Uruguay (BCU) emitió un comunicado el pasado viernes a través del cual dio algunas pistas sobre su postura en relación a los criptoactivos y apuntó que durante el último trimestre del año prevén “sentar las bases para el tratamiento regulatorio” de estos activos virtuales.
El regulador afirmó que este tipo de instrumentos “pueden tener el potencial de contribuir al desarrollo y eficiencia del sistema financiero y de pagos”, pero también advirtió que se “pueden generar nuevos riesgos o exacerbar los existentes, en ausencia de una regulación específica que permita mitigarlos”.
En esa línea, el BCU realizó cuatro consideraciones. En primer lugar, explicó que los criptoactivos “no constituyen monedas de curso legal, como sí lo es el peso uruguayo”, y explicitó que al no haber sido emitidos por ningún banco central “no cuentan con el respaldo” del regulador financiero.
En segundo lugar, explicó que “actualmente la emisión y la comercialización de estos instrumentos no son actividades que se encuentren comprendidas dentro de la actuación del Banco Central”, por lo que “no están sujetas a regulación específica”. Sobre este punto, advirtió que eso tiene la consecuencia de que “quienes operen con estos instrumentos no les son abarcables las medidas de protección al usuario financiero prestadas por entidades reguladas y supervisadas” por el BCU.
La tercera advertencia del Central se refirió a la volatilidad que suele caracterizar a los activos digitales. “Algunos activos virtuales pueden estar expuestos a una gran volatilidad en su precio o cotización y pueden presentarse dificultades para su reconversión a pesos uruguayos u otras monedas”, indicó.
Asimismo, aclaró que “las instituciones financieras no están obligadas a procesar transacciones asociadas a activos virtuales” y también explicó que “los comercios no están obligados a aceptarlos como medio de pago”.
En cuarto lugar, el regulador señaló que por “sus características, algunos activos virtuales favorecen el anonimato y la no reversibilidad de las transacciones, aspectos que pueden exponer a quienes operen con ellos a importantes riesgos, como por ejemplo el riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo o el fraude”.
RECOMENDACIONES. El Central recomendó a los usuarios del sistema financiero y a la sociedad en general, “realizar una evaluación exhaustiva de los riesgos que asume al operar con estos instrumentos y a tomar los recaudos necesarios para mitigarlos, teniendo en consideración que altos retornos generalmente van asociados a altos riesgos”.
Para ello, aconsejó “recurrir a información confiable, clara y completa (tanto con relación al instrumento y a la operativa, así como en relación con los proveedores del servicio y de las contrapartes involucradas en la operación), a implementar buenas prácticas en cuanto al cuidado de las claves que controlan el acceso a los fondos y a considerar si los proveedores de servicios de compra venta, transferencia y custodia de activos virtuales se encuentran sujetos a regulación y supervisión en su país de origen”.
REGULACIÓN. El Central informó que “se encuentra realizando un análisis detallado del desarrollo de esta operativa”, y relató que durante este año se estableció un grupo de trabajo interno que se dedicó a realizar un “abordaje interdisciplinario del estudio de los instrumentos y operativas con activos virtuales”.
Como resultado de ese grupo de trabajo, el BCU informó que ya hay un marco conceptual elaborado que parte “de la base de la realidad de negocios de las distintas operativas que involucran activos virtuales, comprendiendo tanto las nuevas actividades, así como las que ya pudieran estar comprendidas por la regulación vigente”.
Asimismo, comunicó que se creó un plan de trabajo para el último trimestre del año, “con vistas a sentar las bases para el tratamiento regulatorio de los activos virtuales y las actividades de los prestadores de servicios de activos virtuales en nuestra jurisdicción”.
Sobre ese punto, afirmó que durante los últimos tres meses del año, el regulador promoverá instancias de diálogo con los actores de la industria, otros reguladores y organismos internacionales con el objetivo de “profundizar en el conocimiento de su experiencia en la regulación y supervisión de estas actividades”.
Hacia fines de este año, la meta es crear “una propuesta de modificación a las disposiciones legales vigentes” que establezca “un marco claro para avanzar hacia la regulación de estas actividades”.