Soberanía portuaria
Nuestra anterior columna —“Sabotaje antinacional”— motivó una confusa carta pública de un letrado que estimula a reafirmar la única línea coherente con la legislación portuaria, la doctrina más recibida y el interés nacional.
En el Puerto de Montevideo hay una sola terminal especializada de contendores que es un “monopolio natural”. Que se da cuando “en determinados sectores económicos… la existencia de más de una empresa no resulta eficiente en términos económicos” (“La terminal de contenedores del Puerto de Montevideo. Aspectos del régimen jurídico”, Augusto Durán Martinez). Por ello, las normas rezan que la carga de contendores debe realizarse prioritariamente en la única área especializada existente (TCP) y si la demanda le supera, los demandantes del servicio podrán elegir entre otros operadores que compiten en el muelle público.
La Ley de puertos —presidencia Dr. Lacalle Herrera (1990-2005)— multiplicó un 300% la productividad portuaria, y una segunda transformación noble ocurrió con el llamado público y competitivo a inversores para aumentar la eficiencia portuaria —presidencia Dr. Jorge Batlle (2000-2005)— que implicó la adjudicación de la Terminal Cuenca del Plata S.A. (TCP) al ofertante que encabezaban el grupo belga Katoen Natie y la Administración Nacional de Puertos (tenedores de un 80% y 20% de las acciones, respectivamente). Se obligaron a grandes inversiones en la terminal especializada —con las grúas pórtico a la cabeza— plenamente ejecutadas. Es relevante —además— el Estado sea parte de esta sociedad.
La gestión frentista (20052020) violó el orden legal vigente. Un operador portuario, Montecon, multinacional chileno-canadiense, que no se presentó en los llamados públicos a inversores, y trabaja en un muelle público sin especialización, se transformó ilegalmente en beneficiario de una derivación de carga de contenedores dirigida por las autoridades frentistas.
Sin exigencias de inversión y sin contrato que validara su actividad.
Debe recordarse que en 2009 al llamarse a licitación para operar en cinco espacios del puerto, Montecon presentó una oferta, a la que quiso irregularmente cambiar ya abierto el procedimiento, al tiempo que encubiertamente presentó dos oferta más con empresas disfrazadas —y precios distintos— que escondían era ella la titular real de las mismas. Detectado el fraude se anuló la licitación. Pero luego, por decisión frentista y sin contrato habilitante
En la era frentista se violó la Ley portuaria ocasionando graves daños económicos.
Montecon montó una terminal irregular de contenedores en el muelle público, a la que operó con precios viles. En competencia desleal e ilegal y con severos daños económicos para el erario público y TCP (en “correodelosviernes.com.uy”, está el relato pormenorizado de estos hechos). La depredadora maniobra se terminó con el acuerdo de inversiones celebrado por el gobierno nacional con el grupo belga y TCP recientemente.
La restauración de la legalidad implicó para parte del personal de Montecon riesgo de desempleo. Actualmente la negociación entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Administración Nacional de Puertos y TCP, acordando la toma de empleados cesantes por esta última y ANP, seguro de paro extendido a un año para otros, y mantenimiento de jornales asegurados a jornaleros que continúen en actividad, no da pie a más protestas fruto del árbol podrido.
La violación de la legalidad portuaria en la era frentista.