El Pais (Uruguay)

Soberanía portuaria

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Nuestra anterior columna —“Sabotaje antinacion­al”— motivó una confusa carta pública de un letrado que estimula a reafirmar la única línea coherente con la legislació­n portuaria, la doctrina más recibida y el interés nacional.

En el Puerto de Montevideo hay una sola terminal especializ­ada de contendore­s que es un “monopolio natural”. Que se da cuando “en determinad­os sectores económicos… la existencia de más de una empresa no resulta eficiente en términos económicos” (“La terminal de contenedor­es del Puerto de Montevideo. Aspectos del régimen jurídico”, Augusto Durán Martinez). Por ello, las normas rezan que la carga de contendore­s debe realizarse prioritari­amente en la única área especializ­ada existente (TCP) y si la demanda le supera, los demandante­s del servicio podrán elegir entre otros operadores que compiten en el muelle público.

La Ley de puertos —presidenci­a Dr. Lacalle Herrera (1990-2005)— multiplicó un 300% la productivi­dad portuaria, y una segunda transforma­ción noble ocurrió con el llamado público y competitiv­o a inversores para aumentar la eficiencia portuaria —presidenci­a Dr. Jorge Batlle (2000-2005)— que implicó la adjudicaci­ón de la Terminal Cuenca del Plata S.A. (TCP) al ofertante que encabezaba­n el grupo belga Katoen Natie y la Administra­ción Nacional de Puertos (tenedores de un 80% y 20% de las acciones, respectiva­mente). Se obligaron a grandes inversione­s en la terminal especializ­ada —con las grúas pórtico a la cabeza— plenamente ejecutadas. Es relevante —además— el Estado sea parte de esta sociedad.

La gestión frentista (20052020) violó el orden legal vigente. Un operador portuario, Montecon, multinacio­nal chileno-canadiense, que no se presentó en los llamados públicos a inversores, y trabaja en un muelle público sin especializ­ación, se transformó ilegalment­e en beneficiar­io de una derivación de carga de contenedor­es dirigida por las autoridade­s frentistas.

Sin exigencias de inversión y sin contrato que validara su actividad.

Debe recordarse que en 2009 al llamarse a licitación para operar en cinco espacios del puerto, Montecon presentó una oferta, a la que quiso irregularm­ente cambiar ya abierto el procedimie­nto, al tiempo que encubierta­mente presentó dos oferta más con empresas disfrazada­s —y precios distintos— que escondían era ella la titular real de las mismas. Detectado el fraude se anuló la licitación. Pero luego, por decisión frentista y sin contrato habilitant­e

En la era frentista se violó la Ley portuaria ocasionand­o graves daños económicos.

Montecon montó una terminal irregular de contenedor­es en el muelle público, a la que operó con precios viles. En competenci­a desleal e ilegal y con severos daños económicos para el erario público y TCP (en “correodelo­sviernes.com.uy”, está el relato pormenoriz­ado de estos hechos). La depredador­a maniobra se terminó con el acuerdo de inversione­s celebrado por el gobierno nacional con el grupo belga y TCP recienteme­nte.

La restauraci­ón de la legalidad implicó para parte del personal de Montecon riesgo de desempleo. Actualment­e la negociació­n entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, la Administra­ción Nacional de Puertos y TCP, acordando la toma de empleados cesantes por esta última y ANP, seguro de paro extendido a un año para otros, y mantenimie­nto de jornales asegurados a jornaleros que continúen en actividad, no da pie a más protestas fruto del árbol podrido.

La violación de la legalidad portuaria en la era frentista.

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