Advierten por reclamos si se vota “prisión domiciliaria”
Udelar planteó reparos sobre el proyecto de ley que podría avalar la medida para mayores de 70 años
El proyecto de ley que analiza el Poder Legislativo para otorgar régimen de prisión domiciliaria en forma preceptiva a los mayores de 70 años lesiona la separación de poderes, es redundante con respecto a las posibilidades que ya tiene el Poder Judicial en este sentido y podría ser el causante de una condena internacional que recaería sobre el Estado uruguayo.
Esas son las principales conclusiones que se encuentran en un informe que el Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República presentó ayer para manifestar su posición ante la polémica iniciativa.
En el texto, presentado ante la Comisión de Constitución y Legislación de la Cámara de Senado, al que accedió El País, el instituto señaló que en el actual ordenamiento jurídico nacional ya está prevista una solución al tema analizado y que “permite la necesaria ponderación entre la independencia del Poder Judicial, el debido proceso, los derechos de las víctimas y la situación de la persona imputada”.
En el documento se agregó además que el artículo 228 del Código del Proceso Penal (CPP) establece que entre los elementos de “especial relevancia” que un magistrado debe considerar a la hora de dictar este beneficio está el caso de los presos mayores de 70 años “cuando ello no involucre riesgos”.
Y se remarca que esta medida debe darse atendiendo a las “circunstancias” del delito cometido.
El informe del instituto de la Universidad de la República apuntó también al artículo 276, que establece que el procedimiento será siempre por vía incidental, con participación de la defensa y del Ministerio Público.
Y, si bien se señaló el “avance notorio” que este proyecto de ley representa con respecto al que fue presentado a inicios de esta legislatura por los senadores de Cabildo Abierto —principal impulsor de la modificación legal—, el informe indicó que le “impone” al juez competente a disponer “de oficio y sin más trámite” la prisión domiciliaria para los detenidos mayores a esa edad.
“La separación de poderes y la independencia del Poder Judicial es una condición sine qua non para la vigencia efectiva de los derechos humanos y del Estado democrático de Derecho”, se remarcó en el escrito elaborado por expertos en Derecho de la Universidad de la República.
Para el instituto, este proyecto de ley lesiona esa garantía y derivará en “graves efectos” sobre la totalidad del sistema de defensa y
la protección de los derechos fundamentales.
El informe del Instituto de Derechos Humanos se detuvo también en los efectos que podría tener esta nueva versión del proyecto respecto de aquellas personas procesadas o condenadas por casos de violaciones graves a los derechos humanos o crímenes de lesa humanidad.
Allí se hace mención especial a lo señalado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) de la Organización de Estados Americanos (OEA) en este tipo de casos.
Ante la posibilidad de que los involucrados en este tipo de causas cumplan su pena fuera de un centro penitenciario, la corte establece que deberán tomarse en cuenta factores como que haya cumplido una parte sustancial de su condena, que hayan pagado la eventual reparación civil asociada, la conducta del condenado respecto al esclarecimiento de la verdad, el reconocimiento de la gravedad de los delitos perpetrados y su rehabilitación, y los efectos que su liberación anticipada tendría sobre las víctimas y sus familiares.
Siendo Uruguay parte de la Convención Americana de Derechos Humanos —también denominado Pacto de San José—, el instituto de la Universidad de la República advirtió que, si alguna de las personas hoy cumpliendo condena en un centro de detención por delitos vinculados al terrorismo de Estado resultara beneficiado por esta norma, es de esperar que los reclamos que puedan presentarse a nivel internacional “concluyan con una sentencia contra el Estado uruguayo”.
OTROS DELITOS. El informe sugiere además que es necesario realizar una serie de correcciones al proyecto de ley con respecto a las excepciones planteadas en el texto elaborado por la senadora del Partido Nacional Carmen Asiaín.
La referencia es a las dudas que les genera la forma en que está redactado el texto en relación al delito de violencia doméstica así como a la producción de estupefacientes.
El informe elaborado por el Instituto de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República reparó en que, tratándose de delitos que en diversos casos son excarcelables, no parece razonable que queden excluidos de la posibilidad de acceder al régimen de prisión domiciliaria.
Por el contrario, en el informe se consideró como algo inentendible que aquellas situaciones en las que los reclusos estén cumpliendo condenas, por ejemplo, por delitos de homicidio agravado y especialmente agravado los presos sí puedan ser pasibles de acogerse a este beneficio normativo.
Podría causar condena internacional para el Estado uruguayo, se alertó en el informe.