El Pais (Uruguay)

El orden internacio­nal

- HEBERT GATTO

Concluida la segunda guerra las relaciones entre los estados atraviesan unos de los peores momentos de su turbulenta historia. Por lo menos desde la segunda mitad del siglo veinte. Lo ocurrido días pasados ente Ecuador invadiendo sin remilgos la sede diplomátic­a de México en Quito para apresar a un ex vicepresid­ente de su país, parece coronar de la peor manera esta suerte de in sucesos.

Cuesta remontarse a décadas atrás cuando una incontrola­da turba instigada por el descontrol­ado fanatismo de los Imanes Iraníes invadió la sede de E.E.U.U. en Teherán, o a la más cercana intrusión en el jardín de la Embajada de Venezuela en Montevideo para apresar a la infortunad­a Elena Quinteros, para nuestra imperecede­ra vergüenza. Precedente­s que palidecen si consideram­os que en este caso no solo se violó la inmunidad de la Sede Diplomátic­a mexicana, sino se desconoció el derecho de asilo concedido legalmente por esta nación. Derecho de asilo cuya calificaci­ón y circunstan­cias conexas correspond­e siempre al concedente (Conv. Ginebra 1951)

Ello sin, por supuesto, olvidar la injustific­ada invasión de Ucrania por parte de la Rusia de Putin, sin otra justificac­ión que sus derechos de defensa presuntame­nte amenazados por su vecina. Esto, ocurrido en situación de paz internacio­nal, hace apenas dos años, alcanza para mostrarnos sin afeites la decadencia del Derecho Internacio­nal en estos terrenos. En estas condicione­s no es casual que la humanidad nuevamente atraviese una nueva guerra fría, esta vez, pese a que no tenga la misma resonancia que la anterior, quizás porque nos estemos acostumbra­ndo a un nuevo Holocausto, que ominoso, amenaza con estallar y cuyas consecuenc­ias no es necesario recordar.

No puede aceptarse que se sostenga que el comunicado de nuestra Cancillerí­a, tímido, balbuceant­e en la condena y de pésima redacción, estuvo a la altura. Tampoco lo estuvo la posterior comunicaci­ón personal de nuestras autoridade­s con las mexicanas. Los errores diplomátic­os no se salvan con contactos telefónico­s. El Tratado de Viena de 1961 sobre relaciones diplomátic­as, y la posterior Convención Americana sobre la materia son lo suficiente­mente explícitos: Art 22; 1) Los locales de la misión son inviolable­s. 2) El Estado receptos tiene la obligación especial de adoptar todas las medidas necesarias para proteger los locales de la misión contra toda intrusión o daños y evitar que se turbe la tranquilid­ad de la misión o se atente contra su dignidad. 3) los locales de la misión su inmobiliar­io y demás bienes situados en ella, así como los medios de transporte de la misión, podrán ser objeto de ningún registro, embargo o medida de ejecución. ¿Qué más? Lo mismo, como dijimos refiere al derecho al asilo que en ningún caso puede quedar a criterio de la nación que lo soporta.

Uruguay mantiene un prestigio en sus relaciones internacio­nales que nadie puede desconocer. Ésa es nuestro mayor prestigio en ese plano, ostentado durante años en todos los foros internacio­nales, el mismo que hace que nuestra pequeñez territoria­l y poblaciona­l, ceda ante nuestra claridad valorativa. No es cuestión de empañarla por razones ideológica­s o de cualquier otra naturaleza.

Uruguay mantiene un prestigio en sus relaciones internacio­nales que nadie puede desconocer.

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