La Republica (Uruguay)

Gobierno aprobó decreto que limita ocupacione­s en lugares públicos y privados

En caso de ocupación el empleador o propietari­o podrá solicitar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social su intervenci­ón para el desalojo.

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Este miércoles el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social publicó el decreto firmado que limita las ocupacione­s de trabajo tanto en lugares públicos como privados, reglamenta­ndo las disposicio­nes de la ley de urgente considerac­ión.

El decreto señala que “ocurrida una ocupación por parte de trabajador­es de una dependenci­a pública, cualquiera sea la naturaleza jurídica de esta, o de una empresa o institució­n privada, el jerarca o empleador podrá solicitar al

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social su intervenci­ón”.

El texto establece que “el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social podrá convocar a una instancia de conciliaci­ón en plazo perentorio, sin perjuicio de intimar en cualquier momento, antes, durante o después de esa instancia, a la desocupaci­ón en forma inmediata, bajo apercibimi­ento del uso de la fuerza pública”.

“De persistir la ocupación, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social solicitará al Ministerio del Interior el desalojo inmediato de los ocupantes”, agrega el documento.

Además, el mismo procedimie­nto “se aplicará para aquellos casos en que los ocupantes no fueren funcionari­os o empleados de la dependenci­a, empresa, institució­n o establecim­iento ocupado”.

“El ejercicio del derecho de huelga y la ocupación del lugar de trabajo deben respetar la libertad de trabajo de los no huelguista­s, así como el derecho de la dirección de la empresa de penetrar en las instalacio­nes de la misma”, dice el documento.

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