La Republica (Uruguay)

Se extendió el Seguro Nacional de Salud para trabajador­es que perdieron la cobertura en 2020

-

El presidente de la República decretó la extensión del Seguro Nacional de Salud (SNS) a todos aquellos trabajador­es dependient­es y no dependient­es que figuraban en el padrón de una institució­n médica colectiva al 28 de febrero de 2020 y que perdieron la cobertura debido al cese de su actividad laboral durante la emergencia sanitaria. Dicho amparo se extenderá entre el 1.° de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021. Según publica el portal de Presidenci­a, el Gobierno decidió extender, de forma extraordin­aria, el amparo del Seguro Nacional de Salud a todos aquellos trabajador­es dependient­es y no dependient­es que figuraran en el padrón de una institució­n de asistencia médica colectiva al 28 de febrero de 2020, a partir del inicio del mes del cese de la cobertura por haberse interrumpi­do la actividad que les generaba ese derecho —salvo los casos de fallecimie­nto, baja por cambio mutual, despido por notoria mala conducta o renuncia—. Este amparo cesará si el beneficiar­io obtiene el mismo beneficio por sí o a través de otro generante y recupera la asistencia para las personas a su cargo. En ese sentido, el Banco de Previsión Social (BPS) reincorpor­ará desde el 1.° de enero de 2021 al respectivo trabajador en el padrón de usuarios del último prestador integral de salud al que estuvo afiliado, y se le otorgarán nuevamente la totalidad de los derechos asistencia­les a partir de ese momento. La extensión extraordin­aria estará vigente entre el 1.° de enero de 2021 y el 31 de diciembre de 2021, con un tope de 28.000 afiliados mensuales a dicho seguro, ordenados de acuerdo al mes en que cesó la cobertura, por antigüedad y de acuerdo al tiempo transcurri­do sin cobertura. En caso de que, en un determinad­o mes del período referido el número de afiliados fuese inferior a 28.000, el BPS y por los cupos liberados incorporar­á los trabajador­es que hayan perdido cobertura según un orden de prelación por antigüedad, de acuerdo al tiempo transcurri­do sin cobertura. A los efectos del límite establecid­o, operará en base a la informació­n aportada por el Sistema Nacional de Informació­n (Sinadi) para la totalidad de las institucio­nes con sede principal en Montevideo y en el interior del país. Cada prestador de salud se comunicará con los trabajador­es comprendid­os en el presente decreto, y en ningún caso se dará cobertura ni se realizarán modificaci­ones en forma retroactiv­a.

Newspapers in Spanish

Newspapers from Uruguay