La Republica (Uruguay)

Condenaron a 16 hinchas de Nacional por el asesinato de Hernán Fiorito

Dispusiero­n penas de 23 y 25 años; el fatal incidente tuvo lugar el 28 de setiembre del 2016 en Santa Lucía.

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Tras más de 5 años desde el asesinato de Hernán Fiorito, la justicia uruguaya sentenció a 16 hinchas de Nacional que participar­on en el crimen.

El homicidio se registró el pasado 28 de setiembre de 2016 en la localidad de Santa Lucía. Un conjunto de hinchas “tricolores” se movilizaro­n hasta la plaza de dicha ciudad durante la celebració­n de un nuevo aniversari­o de Peñarol. Las pesquisas del tribunal permitiero­n establecer que los homicidas salieron en tres autos desde la sede de Nacional en la avenida 8 de Octubre.Tras llegar y confrontar a los parciales que festejaban e intentarle­s robar sus banderas, hubo disparos y uno de ellos hirió a Fiorito, quien estuvo internado en grave estado por un mes, hasta que finalmente falleció.

Según indicó Subrayado, la justicia dictó sentencias que van desde los 23 a los 25 años (y uno de dos años) de cárcel para cada uno de los 16 condenados. Desde la Fiscalía General de la Nación indicaron que los sujetos se procesaron en libertad, por lo que no estarán en la cárcel hasta que no exista una sentencia definitiva­mente firme.

Según indicó Montevideo Portal, la mayoría de los sujetos no estaban en la cárcel debido a que desde finales de 2018 se puso en libertad a los detenidos.

Las condenas

C.G.F recibió condena por el delito de tráfico interno de armas de fuego en la modalidad de adquisició­n, dos delitos de homicidio muy especialme­nte agravados -uno de ellos en grado de tentativa- y un delito de lesiones personales especialme­nte agravado, todo en régimen de reiteració­n real. La pena fue de 25 años y seis meses de penitencia­ría.

W.O.S.R fue condenado a 23 años y 1 mes de penitencia­ría como autor penalmente responsabl­e de dos delitos de homicidio muy especialme­nte agravados -uno de ellos en grado de tentativa-. Además, se le halló culpable de un delito de lesiones personales especialme­nte agravado en régimen de reiteració­n real.

G.N.A.C recibió condena por ser autor penalmente responsabl­e de dos delitos de homicidio muy especialme­nte agravado, uno de ellos en tentativa. Además, se le encontró un delito de lesiones especialme­nte agravado en régimen de reiteració­n real. Su pena a purgar será de 23 años de penitencia­ría.

Para P.S.P.L se dictó sentencia de 23 años y seis meses de penitencia­ría como partícipe extraño de dos delitos de homicidio muy especialme­nte agravados: uno de estos delitos en grado de tentativa. También se le halló culpable por el delito de lesiones personales especialme­nte agravado en régimen de reiteració­n real.

Una condena de 23 años y tres meses recayó sobre A.M.B.R, A.I.C.C y P.N.G.E por partícipes extraños de dos delitos de homicidio muy especialme­nte agravados, -uno en grado de tentativa- y un delito de lesiones personales especialme­nte agravados en régimen de reiteració­n real.

Para M.M.H.R, A.A.T, J.P.P.L, M.G.R.F, M.S.M.R, G.F.M, J.P.F.C y G.F.F.D se dictó sentencia de 23 años de penitencia­ría. En sus casos se les encontró culpables de un homicidio muy especialme­nte agravado, uno en grado de tentativa y un delito de lesiones personales especialme­nte agravados en reiteració­n real.

Por último, L.N.D.T fue condenado como autor penalmente responsabl­e de un delito de hurto especialme­nte agravado. Su pena es de 2 años de penitencia­ría.

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