Condenaron a 16 hinchas de Nacional por el asesinato de Hernán Fiorito
Dispusieron penas de 23 y 25 años; el fatal incidente tuvo lugar el 28 de setiembre del 2016 en Santa Lucía.
Tras más de 5 años desde el asesinato de Hernán Fiorito, la justicia uruguaya sentenció a 16 hinchas de Nacional que participaron en el crimen.
El homicidio se registró el pasado 28 de setiembre de 2016 en la localidad de Santa Lucía. Un conjunto de hinchas “tricolores” se movilizaron hasta la plaza de dicha ciudad durante la celebración de un nuevo aniversario de Peñarol. Las pesquisas del tribunal permitieron establecer que los homicidas salieron en tres autos desde la sede de Nacional en la avenida 8 de Octubre.Tras llegar y confrontar a los parciales que festejaban e intentarles robar sus banderas, hubo disparos y uno de ellos hirió a Fiorito, quien estuvo internado en grave estado por un mes, hasta que finalmente falleció.
Según indicó Subrayado, la justicia dictó sentencias que van desde los 23 a los 25 años (y uno de dos años) de cárcel para cada uno de los 16 condenados. Desde la Fiscalía General de la Nación indicaron que los sujetos se procesaron en libertad, por lo que no estarán en la cárcel hasta que no exista una sentencia definitivamente firme.
Según indicó Montevideo Portal, la mayoría de los sujetos no estaban en la cárcel debido a que desde finales de 2018 se puso en libertad a los detenidos.
Las condenas
C.G.F recibió condena por el delito de tráfico interno de armas de fuego en la modalidad de adquisición, dos delitos de homicidio muy especialmente agravados -uno de ellos en grado de tentativa- y un delito de lesiones personales especialmente agravado, todo en régimen de reiteración real. La pena fue de 25 años y seis meses de penitenciaría.
W.O.S.R fue condenado a 23 años y 1 mes de penitenciaría como autor penalmente responsable de dos delitos de homicidio muy especialmente agravados -uno de ellos en grado de tentativa-. Además, se le halló culpable de un delito de lesiones personales especialmente agravado en régimen de reiteración real.
G.N.A.C recibió condena por ser autor penalmente responsable de dos delitos de homicidio muy especialmente agravado, uno de ellos en tentativa. Además, se le encontró un delito de lesiones especialmente agravado en régimen de reiteración real. Su pena a purgar será de 23 años de penitenciaría.
Para P.S.P.L se dictó sentencia de 23 años y seis meses de penitenciaría como partícipe extraño de dos delitos de homicidio muy especialmente agravados: uno de estos delitos en grado de tentativa. También se le halló culpable por el delito de lesiones personales especialmente agravado en régimen de reiteración real.
Una condena de 23 años y tres meses recayó sobre A.M.B.R, A.I.C.C y P.N.G.E por partícipes extraños de dos delitos de homicidio muy especialmente agravados, -uno en grado de tentativa- y un delito de lesiones personales especialmente agravados en régimen de reiteración real.
Para M.M.H.R, A.A.T, J.P.P.L, M.G.R.F, M.S.M.R, G.F.M, J.P.F.C y G.F.F.D se dictó sentencia de 23 años de penitenciaría. En sus casos se les encontró culpables de un homicidio muy especialmente agravado, uno en grado de tentativa y un delito de lesiones personales especialmente agravados en reiteración real.
Por último, L.N.D.T fue condenado como autor penalmente responsable de un delito de hurto especialmente agravado. Su pena es de 2 años de penitenciaría.